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Procedimiento: 513/12.
Ejecución de títulos judiciales 155.1/2014. Negociado: M.
NIG: 2906744S20120007584.
De: Don Carlos Fuentes Sánchez y doña Concepción Sánchez Díaz.
Contra: Caballero Cubero Grupo, S.L.U., y Oset Andalucía, S.L.
EDICTO
Doña Luciana Rubio Bayo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 155.1/2014 a instancia de la parte actora don Carlos Fuentes Sánchez y doña Concepción Sánchez Díaz contra Caballero Cubero Grupo, S.L.U., y Oset Andalucía, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado decreto de fecha 23.1.2015 del tenor literal siguiente en su parte dispositiva:
Declarar a los ejecutados Caballero Cubero Grupo, S.L.U., y Oset Andalucía, S.L., en situación de Insolvencia Total por importe de 14.686,62 euros de principal más 1.468,66 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas de la ejecución, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
Si no manifiestan alegación alguna, archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes y aplicaciones correspondientes.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en Datos de Órgano Judicial en la cuenta de consignaciones y depósitos núm. 2954000031015514, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá hacerlo en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 92 000 5001274, Concepto: 2954000031015514, y deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso Social-Revisión». Quedan exentos de su abono en todo caso el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Así, por este Decreto, lo acuerdo y firmo. Luciana Rubio Bayo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.
La Secretaria.
Y para que sirva de notificación al demandado Caballero Cubero Grupo, S.L.U., y Oset Andalucía, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín OficiaL de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a veintitrés de enero de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.
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