Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 231 de 27/11/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 30 de septiembre de 2015, por la que se concede la autorización administrativa para la apertura y funcionamiento del centro autorizado de enseñanzas deportivas «ACADEF Fútbol» de Sevilla. (PP. 2804/2015).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Eduardo Padilla Gómez, en nombre y representación de «Asociación Académica de Entrenadores de Fútbol ACADEF», por el que solicita la autorización para la apertura y funcionamiento del centro autorizado de enseñanzas deportivas «ACADEF Fútbol» de Sevilla, al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.

Resultando que en el expediente de autorización ha recaído informe favorable del Servicio de Inspección de Educación de la entonces Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Sevilla y que el Instituto Municipal de Deporte del Ayuntamiento de Sevilla ha puesto a disposición de la entidad titular sus instalaciones, de las que certifica que cumplen con los requisitos establecidos para las enseñanzas que se autorizan.

Vistas: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre (BOE de 8 de noviembre), por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial; el Decreto 55/2012, de 6 de marzo (BOJA de 20), por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial en Andalucía; el Real Decreto 320/2000, de 3 de marzo (BOE de 29), por el que se establecen los títulos de Técnico deportivo y Técnico deportivo superior en las especialidades de Fútbol y Fútbol sala, se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas y se regulan las pruebas y los requisitos de acceso a estas enseñanzas; el Decreto 140/2011, de 26 de abril (BOJA de 10 de mayo), por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; el Decreto 193/1997, de 29 de julio (BOJA de 9 de agosto), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, y demás disposiciones complementarias.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la autorización administrativa para la apertura y funcionamiento al centro autorizado de enseñanzas deportivas «ACADEF Fútbol», código 41021883, del que es titular la entidad «Asociación Académica de Entrenadores de Fútbol ACADEF», con domicilio en Avda. de Hytasa, 10, Club Deportivo Hytasa, de Sevilla, quedando con la siguiente configuración de enseñanzas, en turno de tarde:

a) Enseñanzas de grado medio conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo en Fútbol: 2 grupos con 60 puestos escolares.

b) Enseñanzas de grado superior conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo superior en Fútbol: 1 grupo con 30 puestos escolares.

Segundo. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 2015/16, pues tal como previene el artículo 57.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos a otras personas.

Tercero. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Cuarto. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Quinto. El centro queda adscrito a efectos administrativos al IES Ramón Carande, código 41009044, de Sevilla.

Sexto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación de Sevilla, la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Séptimo. El centro que se autoriza queda obligado a cumplir con la normativa de ordenación académica vigente, siendo sus enseñanzas objeto de supervisión por parte de la Inspección de Educación, por lo que la entidad titular deberá disponer todo lo necesario para que dicha Inspección pueda ejercer las labores que le son propias.

Octavo. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 30 de septiembre de 2015

Adelaida de la Calle Martín
Consejera de Educación
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