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Notificación de providencias recaídas en expedientes sancionadores que se siguen en esta Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por presuntas infracciones a la normativa vigente atribuidas a la competencia de este organismo. A los efectos de notificación previstos en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el último domicilio de los interesados, ignorándose su actual paradero, la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha resuelto la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las providencias que se indican a continuación. Significándole que tales providencias quedarán de manifiesto para los interesados en la Sección de Informes y Sanciones, Plaza Asdrúbal, s/n. 3.ª planta, Edificio Junta de Andalucía, Cádiz, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto del acto notificado, se indican a continuación.
- Acuerdo de Incoación: 15 días hábiles, alegaciones y pruebas ante el Sr. Instructor del Expte.
- Propuesta de Resolución: 15 días hábiles, alegaciones ante el Sr. Instructor.
- Resolución: 1 mes, recurso de alzada ante la Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
1. Expte. CA/2001/143/AGMA/EP. José Carlos Carballal Azcutia. Algeciras (Cádiz). Vigésima multa coercitiva. Realizar obras y trabajos consistentes en construcción de dos estructuras de madera de unos 70 m2 cada una con apariencia de vivienda, e instalación de cerca metálica de unos 77 m de largo por 2 m de alto, todo ello sin autorización administrativa, en un enclavado reconocido del Monte de Utilidad Pública Betis, en la zona de Los Algarbes, y en el interior del futuro Parque Natural del Litoral, en el t.m. de Tarifa (Cádiz). Acuerdo: Imponer a José Carlos Carballal Azcutia una vigésima multa coercitiva en la cuantía de 3.000 euros, como consecuencia del incumplimiento de la obligación de demolición de lo ilícitamente construido.
2. Expte. CA/2014/1208/GC/INC. Joaquín Joya Jiménez. Algeciras (Cádiz). Resolución definitiva de procedimiento sancionador. Quema de rastrojos realizada en época de alto riesgo de incendios, y sin autorización de la Delegación Territorial; la quema se realizaba a escasos metros de una masa de eucaliptos (Pasaje de Jimena, 18), en el t.m. de Los Barrios (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 64.3 de la Ley de Prevención y Lucha Contra Incendios Forestales. Calificable como Leve y sancionable según arts. 68 y 73.1.a) del mismo Texto Legal. Resolución: Sanción Multa pecuniaria 180 euros.
3. Expte. CA/2015/341/PA/ENP. Damián Cobos Lainez. Málaga (Málaga). Resolución definitiva de procedimiento sancionador. Estacionar el vehículo matrícula 1296HFM en el interior del Parque Natural de Los Alcornocales, en zona donde está prohibida la acampada y circulación de vehículos no autorizados, al tiempo que estaban cocinando con gas en el interior del vehículo equipado para ello, encontrándose la basura recogida en bolsas y existían asientos tipo colchonetas desplegados alrededor del vehículo, todo ello en el paraje conocido como «Tajos de las Escobas», en el Espacio Protegido (Los Alcornocales), en el t.m. de Algeciras (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 26.1.a) de la Ley de Inventario E.N.P. de Andalucía. Calificable como Leve y sancionable según arts. 26.1.a) y 27.1.a) del mismo Texto Legal. Infracción tipificada en el art. 26.1.d) de la Ley de Inventario E.N.P. de Andalucía. Calificable como Leve y sancionable según arts. 26.1.d) y 27.1.a) del mismo Texto Legal. Resolución: Sanción multa pecuniaria 120 euros.
4. Expte. CA/2015/357/AGMA/ENP. Aitor García González. Cádiz (Cádiz). Propuesta de resolución. Transitar por el sendero de uso público señalizado «Llanos del Rabel» situado en el interior del Parque Natural Sierra de Grazalema, careciendo de la preceptiva autorización administrativa, en el paraje conocido como «El Rabel», en el Espacio Protegido (Sierra de Grazalema), en el t.m. de Grazalema (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 26.1.c) de la Ley de Inventario E.N.P. de Andalucía. Calificable como Leve y sancionable según arts. 26.1.c) y 27.1.a) del mismo Texto Legal. Propuesta: Sanción multa pecuniaria 100 euros.
5. Expte. CA/2015/361/AGMA/ENP. Juan Antonio Rasero Jiménez. San Juan de Aznalfarache (Sevilla). Resolución definitiva de procedimiento sancionador. Transitar por el Área de Reserva (Zona A) del Parque Natural Sierra de Grazalema fuera del sendero autorizado, habiendo abandonado el sendero de uso público señalizado «El Pinsapar», incumpliendo el punto núm. 2 del condicionado específico de la autorización, el cual establece que: «está prohibido abandonar el sendero de uso público señalizado»; había abandonado dicho sendero ascendiendo hasta lo alto del Pico de San Cristóbal, careciendo, además, de la preceptiva autorización administrativa para realizar tal ascensión, para la cual es necesaria la obtención de una autorización especial, todo ello en el paraje conocido como «Sierra del Pinar. Paraje San Cristóbal», en el Espacio Protegido (Sierra de Grazalema), en el t.m. de Grazalema (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 26.1.c) de la Ley de Inventario E.N.P. de Andalucía. Calificable como Leve y sancionable según arts. 26.1.c) y 27.1.a) del mismo Texto Legal. Propuesta: Sanción multa pecuniaria 120 euros.
6. Expte. CA/2015/611/GC/INC. Néstor Mora Montenegro. La Línea de la Concepción (Cádiz). Resolución definitiva de procedimiento sancionador. Realizar fuego en una cocina de piedra; dicha actuación se encuentra prohibida al tratarse de zona forestal y época de alto riesgo de incendio (área recreativa Pinar del Rey), en el t.m. de Roque (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 64.3 de la Ley de Prevención y Lucha Contra Incendios Forestales. Calificable como Leve y sancionable según arts. 68 y 73.1.a) del mismo Texto Legal. Resolución: Sanción multa pecuniaria 100 euros.
7. CA/2015/648/AGMA/COS. Nicolás Malia Ruiz. Barbate (Cádiz). Acuerdo de apertura de período de prueba. Llevar a cabo obras de reconstrucción de edificación de dimensiones de 5 m por 5 m en Zona Afectada por Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo Terrestre sin autorización de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en el paraje conocido como «entre los Hitos M5 y M6 del Deslinde Marismas del Barbate (Ronda delo Río), en el t.m. de Barbate (Cádiz). Acuerdo: Abrir un período para la práctica de las siguientes pruebas: Informe de valoración de la actuación denunciada.
8. Expte. CA/2015/883/GC/PA. José Vázquez Valenzuela. Chiclana de la Frontera (Cádiz). Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador y formulación de cargos. Inspección señala la falta de acreditación de la inscripción en el Registro Administrativo de Productores de Residuos Peligrosos y el almacenamiento de los mismos en indebidas condiciones (envase de aceite usado de motor sin etiquetar) y ausencia de envases de almacenamiento para filtros de aceite y de combustibles que están apilados sobre una bandeja, en el paraje conocido como «Taller Mecanochapa (Polígono Industrial Pelagatos), en el t.m. de Chiclana de la Frontera (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 148.1.a) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificable como Leve y sancionable según arts. 148.1.a) y 148.2 del mismo Texto Legal. Infracción tipificada en el art. 147.1.a) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificable como Grave y sancionable según art. 147.1.a) y 147.2 del mismo Texto Legal. Acuerdo: Multa: 1.000 euros.
9. Expte. CA/2015/884/GC/ENP. Construcciones Paco Gil Tarifa, S.L. Tarifa (Cádiz). Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador y formulación de cargos. Abandono de vehículo a motor Fiat, matrícula 1230BBW, en el Espacio Natural Protegido, en el paraje conocido como «Garganta del Rayo, Puertollano», en el Espacio Protegido (Los Alcornocales), en el t.m. de Tarifa (Cádiz). Infracción tipificada en el art. 26.1.h) de la Ley de Inventario E.N.P. de Andalucía. Calificable como Leve y sancionable según arts. 26.1.h) y 27.1.a) del mismo Texto Legal. Acuerdo: Multa: 300 euros.
10. Expte. CA/2015/899/AGMA/COS. Transacar, S.L. Jerez de la Frontera (Cádiz). Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador y formulación de cargos. El denunciado ha procedido a parcelar una superficie de unos 272 m2; para ello ha instalado un vallado de 2 m de altura, consistente en postes de madera anclado directamente al suelo y malla de doble torsión. Dentro de esta parcelación ha colocado un módulo prefabricado de 3,2 X 8 m, al cual le ha añadido un avance de madera de 2,7 x 4 m, destinado al uso de vivienda. Por otra parte, también ha situado en el terreno 2 roulottes. Todo ello en en Zona de Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo Terrestre, entre los Hitos M-49 y M-50 del Deslinde C-564-CA, en el paraje conocido como «Playa de El Palmar», sin autorización de usos de esta Delegación Territorial, sito en el t.m. de Vejer de la Frontera (Cádiz) Infracción tipificada en el art. 90-2.j) de la Ley de Costa en su redacción dada por Ley 2/2013, de 29 de mayo, de Protección y Uso Sostenible del Litoral y de modificación de la Ley 22/88, de 28 de julio, de Costas. Siendo sancionable según lo prevenido en el art. 97.1-c) de la citada Ley de Costas, en su redacción dada por al Ley 2/2013, citada. De conformidad con lo prevenido en el art. 204.1 y 2) del Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas, se le requiere para que en el improrrogable de diez días solicite la preceptiva autorización; de cumplimentar la solicitud en el referido plazo, se considerará circunstancia atenuante, pudiendo reducirse la cuantía de la multa hasta la mitad. Acuerdo: Multa del 25% de la valoración de las obras e instalaciones. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Restitución del terreno a su ser y estado anterior.
Cádiz, 1 de diciembre de 2015.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.
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