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En fecha 23 de noviembre de 2015 se ha dictado por parte de la Dirección General de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, Resolución por la que se modifican ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, que figura como Anexo de la presente Resolución.
Sevilla, 23 de noviembre de 2015.- El Secretario General, Antonio Cornejo Pineda.
ANEXO
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AGENCIA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO DE ANDALUCÍA, POR LA QUE SE MODIFICAN FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL GESTIONADOS POR LA AGENCIA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO DE ANDALUCÍA
Primero. El artículo 20 de Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, LOPD), y el artículo 52 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo, RLOPD), establecen que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente.
El artículo 39.2 de la LOPD dispone que serán objeto de inscripción, en el Registro General de Protección de Datos, los ficheros de datos de carácter personal que contengan datos personales y de los cuales sean titulares las Administraciones de las Comunidades Autónomas, así como sus entes y organismos dependientes, sin perjuicio de que se inscriban, además, en los registros a que se refiere el artículo 41.2 de la mencionada Ley.
Segundo. Los artículos 53, 54 y 55 del RLOPD establecen la forma y contenido que ha de revestir la disposición o acuerdo de creación, modificación o supresión de ficheros, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado, así como el modo en que se procederá a la notificación e inscripción de ficheros al Registro General de Protección de Datos.
En relación con la modificación de los ficheros, el artículo 54.2 del citado RLOPD establece que «La disposición o acuerdo de modificación de los ficheros debe indicar las modificaciones producidas en cualquiera de los extremos a los que se refiere el apartado anterior», entre otros, las comunicaciones de datos previstas, indicando, en su caso los destinatarios y categorías de destinatarios.
Tercero. La Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, tiene por objeto la regulación de la transparencia como instrumento para facilitar el conocimiento por la ciudadanía de la actividad de los poderes públicos.
Cuarto. La Orden de 28 de enero de 2015, por la que se aprueba la retransmisión en directo a través de internet, en los procedimientos abiertos de contratación, de los actos de apertura pública de las ofertas de los licitadores (BOJA núm. 22, de 3 de febrero), por un lado, establece como principios que han de regir las licitaciones públicas, entre otros, los de publicidad y transparencia de sus procedimientos y, por otro, como norma superior jerárquica, a los efectos de la presente Resolución, creó el fichero de protección de datos personal correspondiente al procedimiento previsto para la retransmisión a través de internet de los actos de apertura de los sobres continentes de la documentación correspondiente a los criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas, en todas las licitaciones sustanciadas mediante procedimiento abierto de adjudicación de contratos, conforme a lo regulado en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Quinto. Mediante Resolución de 27 de abril de 2015 (BOJA núm. 89, de 12 de mayo), de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, se crearon los ficheros «Formación EGREJOB» y «Grabación en vídeo de los actos públicos de las Mesas de Contratación.»
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 13 de los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía aprobados mediante Decreto 26/2007, de 6 de febrero (BOJA núm. 37, de 20 de febrero), modificados por Decreto 122/2014, de 26 de agosto (BOJA núm. 171, de 3 de septiembre), y al objeto de dar cumplimiento al artículo 20.1 de LOPD, así como al artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma,
DISPONGO
Primero. Modificación de los ficheros «Formación EGREJOB» y «Grabación en vídeo de los actos públicos de las Mesas de Contratación», inscritos en el Registro General de Protección de Datos, con los números 2151450002 y 2151450003, respectivamente.
De acuerdo con lo especificado en el artículo 20 de la LOPD y el artículo 54 del RLOPD, la presente Resolución tiene por objeto la modificación de los ficheros «Formación EGREJOB» y «Grabación en vídeo de los actos públicos de las Mesas de Contratación», creados por una disposición anterior, los cuales se adaptarán a las descripciones contenidas en los apartados correspondientes del Anexo de la presente Resolución.
Segundo. Normativa de aplicación.
Los ficheros que se recogen en el Anexo I de esta Resolución se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de rango superior que les sean aplicables, entre otras, la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía (BOJA núm. 124, de 30 de junio), y la Orden de 28 de enero de 2015, por la que se aprueba la retransmisión en directo a través de internet, en los procedimientos abiertos de contratación, de los actos de apertura pública de las ofertas de los licitadores (BOJA núm. 22, de 3 de febrero).
DISPOSICIONES FINALES
Primera. Inscripción y notificación de los ficheros modificados en el Registro General de Protección de Datos.
En cumplimiento del artículo 55 del RLOPD, los ficheros de datos de carácter personal relacionados en esta Resolución serán notificados a la Agencia Española de Protección de Datos por la Secretaría General, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante traslado de una copia de la presente Resolución a través del modelo normalizado que se elabore a tal efecto por la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, en el plazo de treinta días desde la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segunda. Entrada en vigor.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
ANEXO I
Ficheros que se modifican
Fichero: Grabación en vídeo de los actos públicos de las Mesas de Contratación
Número de Inscripción en el Registro General de Protección de Datos: 2151450002.
d) Comunicaciones de los datos previstas (para la finalidad de grabación del desarrollo de las sesiones –actos públicos– para su retransmisión a través de internet, con base a una norma reguladora y de desarrollo que autoriza dicha comunicación –Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, y Orden de 28 de enero de 2015, por la que se aprueba la retransmisión en directo a través de internet, en los procedimientos abiertos de contratación, de los actos de apertura pública de las ofertas de los licitadores–):
- La ciudadanía y/o cualquier interesado legítimo, en general, y, en concreto, los usuarios del portal web de la Agencia e Innovación y Desarrollo de Andalucía.
Fichero: Formación EGREJOB
Número de Inscripción en el Registro general de Protección de Datos: 2151450003
d) Comunicaciones de los datos previstas:
- Fortalezas Formación, S.C.A. y Capital Humano, Marketing y Estrategia, S.L., por ser las entidades adjudicatarias de las prestaciones de servicios que se licitaron para la ejecución y consecución de las acciones formativas llevadas a cabo por la Agencia IDEA en el marco del proyecto Euromediterranean GREen JOBs (Acrónimo: EGREJOB), de Cooperación Transfronteriza en la Cuenca Mediterránea, ENPI CBC MED, cofinanciado por la Unión Europea.
- Región Autónoma de Cerdeña (Joint Technical Secretariat), como entidad responsable del Programa financiado por la Unión Europea.
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