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ANTECEDENTES
I. Los Ayuntamientos de Alicún, Íllar y Terque (Almería), mediante acuerdos plenarios adoptados en sesiones de 2 de julio de 2015, 2 de septiembre de 2015 y 12 de agosto de 2015, respectivamente, acordaron la disolución de la Agrupación constituida para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención de los Ayuntamientos de Íllar y Terque y la creación de la Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención de los Ayuntamientos de Alicún, Íllar y Terque, como puesto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.
II. La Excma. Diputación Provincial de Almería, con fecha 23 de octubre de 2015, informa favorablemente tanto la disolución de la Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención entre los Ayuntamientos de Íllar y Terque (Almería), como la constitución de la Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención de Alicún, Íllar y Terque (Almería).
Visto lo anterior, se ha instruido el preceptivo expediente, tramitado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 y en la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 1732/94, de 29 de julio, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, de aplicación en virtud de lo establecido en la disposición transitoria séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.
Por ello, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por el artículo 12.2 d) del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, esta Dirección General de Administración Local
R E S U E L V E
Primero. Acordar la disolución de la Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención entre los Ayuntamientos de Íllar y Terque (Almería).
Segundo. Acordar la constitución de la Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría de clase tercera entre los Ayuntamientos de Alicún, Íllar y Terque (Almería) reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la subescala de Secretaría-Intervención.
Tercero. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o, en su caso, actuar conforme a lo previsto en el artículo 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o bien, interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
Sevilla, 20 de noviembre de 2015.- La Directora General, Isabel Niñoles Ferrández.
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