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NIG: 2906742C20150020763.
Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 900/2015. Negociado: C.
De: Doña Isabel Triviño Muñoz.
Procuradora: Doña M.ª Inmaculada Trevilla Vives.
Letrado/a: Clisol García, Julia María.
Contra: Don Lahouari Ben M’Hamed.
EDICTO
En el presente procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 900/2015 seguido a instancia de doña Isabel Triviño Muñoz frente a don Lahouari Ben M’Hamed se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
«SENTENCIA nÚM. 1.068/15
En Málaga, a diez de diciembre de dos mil quince.
Vistos por la Iltma. Sra. doña Gloria Muñoz Rosell, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis (de familia) los autos de Divorcio Contencioso núm. 900/15 promovidos por la Procuradora doña Inmaculada Trevilla Vives, en nombre y representación de doña Isabel Triviño Muñoz, asistida por la Letrada doña Julia M.ª Clisol García, contra don Lahouari Ben M’Hamed, con los siguientes
FALLO
Debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio entre don Lahouari Ben M’Hamed y doña Isabel Triviño Muñoz, con los efectos legales inherentes a dicho pronunciamiento, incluida la disolución del régimen económico matrimonial.
No es procedente hacer especial pronunciamiento sobre costas.
Comuníquese esta sentencia al Registro Civil correspondiente para su anotación.
Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Iltma. Audiencia Provincial de Málaga a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación.
Así lo pronuncio, mando y firmo.»
Y encontrándose dicho demandado, don Lahouari Ben M’hamed, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Málaga, a once de diciembre de dos mil quince.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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