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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Decreto 282/2002, de 12 de noviembre, de Acogimiento Familiar y Adopción, y habida cuenta que no ha sido posible la notificación al padre, don Francisco Rodríguez Rangel, al desconocerse su paradero, se publica este anuncio, por el que se notifica Resolución de la Comisión Provincial de Medidas de Protección, de fecha de 17 de diciembre de 2014, adoptada en el expediente núm. 352-2013-00000400-1, procedimiento núm. 373-2014-00000436-2 relativo al/la menor I.C.R.M., por el que se acuerda:
1. Mantener lo acordado en la Resolución de fecha 7 de mayo de 2013, con respecto a la declaración de la situación de desamparo y tutela asumida sobre el/la menor I.C.R.M.
2. Confirmar la Resolución de fecha de 3 de diciembre de 2014, en relación a la/el referida menor, elevando a definitiva la resolución que dicha resolución estableció sobre el acogimiento familiar, modalidad permanente de la misma, con su abuela materna, una vez que la menor ha manifestado su consentimiento a dicho acogimiento familiar.
3. Se proceda a la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación de tres meses, inicialmente previsto para el citado procedimiento de acogimiento familiar, modalidad permanente, relativo a el/la menor por otro período de tres meses.
A los efectos de lo establecido en el art. 44 del Decreto 282/2002, de 12 de noviembre, de Acogimiento Familiar y Adopción, concediendo un plazo de quince días contados a partir del día siguiente a la notificación de esta Resolución, para prestar su conformidad a la constitución del acogimiento en las condiciones contenidas en la misma. Advirtiéndoles que, caso de no prestar la conformidad a dicho acogimiento u oponerse al mismo en el mencionado plazo, la Comisión Provincial de Medidas de Protección actuará según lo prevenido en el art. 46 del citado Decreto.
Contra la presente Resolución, cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Huelva en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.
Huelva, 26 de diciembre de 2014.- La Delegada, María Lourdes Martín Palanco.
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