Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00063646.
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
En los últimos años, el uso de los bienes inmuebles en los que se ubicaban las casas de la juventud de El Puerto de Santa María (Cádiz), de Córdoba, de Espiel (Córdoba) y de Hinojosa del Duque (Córdoba), dependientes del Instituto Andaluz de la Juventud, ha sido cedido para su gestión por las entidades locales mediante resoluciones de la Consejería de Cultura. Asimismo, la actividad de los centros sociales de Jerez de la Frontera (Cádiz), de El Palo (Málaga) y de Santa Rosalía (Granada) y de la Casa de la Juventud de Guadix (Granada), dependientes del Instituto Andaluz de la Juventud, ha cesado y pasado a ser desarrollada por distintos centros de servicios sociales.
Los trabajadores que prestaban servicios en dichos centros, casas de la juventud y centros sociales, fueron adscritos con carácter provisional a otros centros del Instituto Andaluz de la Juventud y a otros centros de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.
Por otro lado, como consecuencia del cese en el puesto de adscripción laboral y modo de ocupación según normativa laboral (SNL) de Director del Centro Social Santa Rosalía de Málaga, derivado del cierre del mismo, se hace necesario crear un puesto en la Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud de Málaga ante la carencia de puestos que reúnan las características necesarias para su asignación.
Por lo tanto, resulta necesario modificar la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía suprimiendo, por un lado, los puestos de trabajo vacantes en los centros afectados del Instituto Andaluz de la Juventud y adscribiendo, por otro lado, los puestos de trabajo que se encuentran ocupados a los distintos centros en los que actualmente los trabajadores prestan sus servicios.
En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación con la Comisión del Convenio.
En su virtud, y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10.1.d), h) y j) del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo,
D I S P O N G O
Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales queda modificada en los términos indicados en el Anexo de la presente Orden.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 16 de diciembre de 2014
María Jesús Montero Cuadrado | |
Consejera de Hacienda y Administración Pública |