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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 42 y 43 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 12.4 del Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
R E S U E L V O
Primero. Autorizar la modificación de las tarifas de autotaxi aprobadas por el Excmo. Ayuntamiento de Tarifa para dicho municipio que a continuación se relacionan, disponiendo su entrada en vigor el día de la firma de la presente resolución.
Segundo. Que se ordene su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 10 del Decreto 365/2009 y se dé traslado a la entidad interesada, con expresa mención de que de la misma se deberá informar expresamente por los profesionales del sector a los usuarios del servicio hasta tanto no se publiquen en el citado boletín, exhibiéndola en un lugar visible del vehículo.
Tarifas autorizadas:
TARIFAS DEL SERVICIO DE AUTO TAXIS. AÑO 2014
TARIFA 1. (URBANA DIURNA)
Bajada de bandera 3,13 euros
Servicio mínimo 4,59 euros
Precio por kilómetro o fracción 0,95 euros
Precio por hora de espera 19,31 euros
Precio por salto 0,05 euros
TARIFA 2. (URBANA NOCTURNA/DOMINGOS/FESTIVOS)
Bajada de bandera 3,91 euros
Servicio mínimo 5,73 euros
Precio por kilómetro o fracción 1,18 euros
Precio por hora de espera 24,13 euros
Precio por salto 0,05 euros
TARIFA 3 (URBANA RETORNO DIA)
Bajada de bandera 3,13 euros
Servicio mínimo 4,59 euros
Precio por kilómetro o fracción 0,95 euros
Precio por hora de espera 19,31 euros
Precio por salto 0,05 euros
TARIFA 4 (URBANA RETORNO NOCHE)
Bajada de bandera 3,91 euros
Servicio mínimo 5,73 euros
Precio por kilómetro o fracción 1,18 euros
Precio por hora de espera 24,13 euros
Precio por salto 0,05 euros
TARIFA 5 (NAVIDAD 24/31 DICIEMBRE)
Bajada de bandera 4,88 euros
Servicio mínimo 7,16 euros
Precio por kilómetro o fracción 1,47 euros
Precio por hora de espera 30,16 euros
Precio por salto 0,05 euros
SUPLEMENTOS
Bolsa de supermercado 0,10 euros
Maletas, bolsas golf, etc… 0,50 euros
TARIFA 2
Laborables nocturnos: De 22,00 a 06,00 sabado; domingos y festivos: de 00,00 a 24,00.
TARIFA 4
Laborables nocturnos: De 22,00 a 06,00 sábado; domingos y festivos: de 00,00 a 24,00.
Esta Resolución surte efectos desde el día en que se adopta, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 28 de enero de 2014.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.
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