Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 09/03/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Vivienda

Orden de 3 de marzo de 2015, por la que se fijan los precios públicos de publicaciones editadas por la Consejería.

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La Consejería de Fomento y Vivienda, con objeto de contribuir a la difusión y divulgación, tanto de estudios como de actuaciones vinculadas a las competencias que tiene asignadas, viene realizando una labor de edición de publicaciones destinadas a la distribución general mediante la venta.

El Consejo de Gobierno, mediante Acuerdo de 10 de enero de 1989, determinó los bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 145 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, autorizando a todas las Consejerías y Organismos Autónomos a la percepción de precios públicos por la venta de las ediciones que publiquen. Una vez realizada por el Consejo de Gobierno tal determinación, la fijación y revisión de la cuantía de los precios públicos se efectuará, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 145.2 de la citada Ley, por Orden de la Consejería que los perciba.

La Consejería de Fomento y Vivienda, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 4/1988, de 5 de julio, ha venido estableciendo la relación y cuantía de los precios públicos a percibir por las publicaciones susceptibles de venta, por medio de las distintas Órdenes publicadas, siendo preciso actualizar y completar la oferta editorial de la Consejería con las ediciones más actuales no incluidas en aquellas disposiciones y fijar sus correspondientes cuantías, lo que se efectúa mediante la presente Orden.

En su virtud, previo informe favorable de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y en uso de la competencia atribuida por el artículo 145.2 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo único. Fijación de precios públicos.

El precio público, IVA incluido, por la venta de las publicaciones editadas por la Consejería de Fomento y Vivienda relacionadas en el Anexo, queda fijado en la cuantía que en el mismo se indica.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de marzo de 2015

MARÍA JESÚS SERRANO JIMÉNEZ

Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
Consejera de Fomento y Vivienda,
por vacante en el cargo (de conformidad con el
Decreto de la Presidenta 6/2015, de 26.1)

ANEXO

TÍTULO PVP EN EUROS
Lo que no es vivienda en la vivienda social 15,00€
Turismo, desarrollo, arquitectura. La aventura de la modernidad 11,00€
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