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NIG: 2905142C20090005058.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 750/2009. Negociado: 09.
De: Banco Guipuzcoano, S.A.
Procurador: Sr. Guillermo Leal Aragoncillo.
Contra: Shamus Patrick Keogh y Realty Marbella Investment S.R.L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Don Nimrod Pijpe Molinero, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Estepona, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario, promovidos a instancia de Banco Guipuzcoano, S.A., y en su representación el Procurador don Guillermo Leal Aragoncillo, y en su defensa el Letrado don José Eduardo Rodríguez de Brujón Fernández, contra la entidad Realty Marbella Investment, S.R.L., y subsidiariamente contra el administrador de la sociedad Shamus Patrick Keogh declarados en rebeldía, en este juicio que versa sobre reclamación de cantidad.
FALLO
Que estimando íntegramente el suplico de la demanda presentada por el Procurador don Guillermo Leal Aragoncillo, actuando en nombre y representación de Banco Guipuzcoano, S.A., contra la entidad demandada Realty Marbella Investment, S.R.L., debo condenar y condeno a la entidad demandada a pagar al demandante la cantidad de diecinueve mil trescientos sesenta y ocho euros con sesenta y cuatro céntimos (19.368,64) más los intereses legales devengados y las costas.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo y forma previsto en el artículo 458 de la LEC, previo depósito regulado en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, que se ingresará en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos y cuyo original se incluirá en el libro de sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Shamus Patrick, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Estepona, a diecinueve de enero de dos mil quince.- El Secretario Judicial.
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