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Con fechas 22 de marzo de 2013 y 27 de febrero de 2015, mediante Acuerdos de la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria, se resolvieron las modificaciones siguientes de las bases para la provisión de una plaza de Técnico Jurídico aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 28 de diciembre de 2012 y publicado en el BOP de Cádiz núm. 48, de fecha 13 de marzo de 2013, y en el BOJA núm. 16, de fecha de 23 de enero de 2013, del siguiente tenor, respectivamente:
En cuanto al objeto de la convocatoria:
Donde dice:
«Primera. Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria es la provisión, con carácter definitivo mediante Concurso-Oposición Libre, de una plaza de Técnico Jurídico, vacante en la plantilla de funcionarios de este Excmo. Ayuntamiento, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2009, publicada en el BOP de Cádiz núm. 18, de 28 de enero de 2010, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase: Cometidos Especiales, dotada con las retribuciones básicas correspondientes al Subgrupo A1 y las retribuciones complementarias previstas en la Relación de Puestos de Trabajo de este Excmo. Ayuntamiento.»
Debe decir:
«Primera. Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria es la provisión, con carácter definitivo mediante Concurso-Oposición Libre, de una plaza de Técnico Jurídico, vacante en la plantilla de funcionarios de este Excmo. Ayuntamiento, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2009, publicada en el BOP de Cádiz núm. 18, de 28 de enero de 2010, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Categoría Técnico Superior, dotada con las retribuciones básicas correspondientes al Subgrupo A1 y las retribuciones complementarias previstas en la Relación de Puestos de Trabajo de este Excmo. Ayuntamiento.»
En la base segunda (Condiciones y requisitos que deberán cumplir los aspirantes):
Donde dice:
«c) Estar en posesión del título de Licenciado Universitario, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.»
Debe decir:
«c) Estar en posesión del título universitario de Licenciado o Grado en Derecho, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.»
En la base quinta, en cuanto a la valoración de méritos dentro de la fase de concurso, quedará redactado como sigue:
Valoración de méritos. Para la fase de concurso regirá el siguiente baremo, cuya puntuación máxima será de 4,50 puntos:
1. Valoración del trabajo desarrollado, con un máximo de 2,25 puntos:
a) Por servicios prestados en la Administración Pública, hasta un máximo de 2,00 puntos: Por cada mes completo de servicios prestados en plaza o puesto de igual o similar contenido e igual grupo o subgrupo de clasificación al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación: 0,05 puntos..
b) Por servicios prestados en el sector privado, hasta un máximo de 0,25 puntos: Por cada mes completo de servicios prestados en plaza o puesto de igual o similar contenido e igual grupo o subgrupo de clasificación al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación: 0,05 puntos.
2. Formación, con un máximo de 1,80 puntos:
a) Por la participación como asistente en cursos de formación que tengan contenido con la plaza a cubrir, a razón de 0,01 puntos por cada hora, con un máximo de 0,60 puntos.
b) Se valorará con 0,60 puntos la titulación académica oficial de Postgrado relacionada con la plaza a cubrir.
c) Por haber superado todo el proceso selectivo para el acceso a plazas de Técnico Jurídico: 0,60 puntos.
3. Otros méritos, con un máximo de 0,45 puntos:
a) Por la participación como ponente en congresos, conferencias, o cursos de formación que tengan contenido con la plaza a cubrir, a razón de 0,15 puntos por cada uno.
b) Impartición de cursos de formación y perfeccionamiento que tengan contenido con la plaza a cubrir, a razón de 0,15 puntos por cada uno.
c) Por ser funcionario de carrera en cualquier Administración Pública: 0,15 puntos.
Se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial.
Medios de acreditación para los servicios prestados:
Certificación expedida por la Administración Pública en la que conste periodo de prestación de servicios a jornada completa, puesto desempeñado, escala, subescala y tipo de nombramiento o vinculación con la Administración, que de ser laboral deberá adjuntar así mismo copia de los contratos laborales e informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
Medios de acreditación para la formación:
Copia compulsada del certificado o diploma de asistencia.
Copia compulsada del título o certificado de haber abonado los derechos de expedición del mismo.
Certificado expedido por los organismos competentes en el desarrollo de los procesos selectivos en las correspondientes Administraciones Públicas.
Medios de acreditación otros méritos:
Copia compulsada del certificado emitido por la organización del congreso o de la jornada.
Copia compulsada del certificado de la entidad que lo organiza o imparte, donde conste la materia.
Certificación expedida por la Administración Pública.
Los puntos de la fase de concurso no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
La puntuación máxima que se tendrá en cuenta en esta fase de concurso no será superior a los 4,5 puntos.
Chiclana de la Frontera, 11 de marzo de 2015.- El Alcalde-Presidente, Ernesto Marín Andrade.
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