Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 30/03/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 10 de marzo de 2015, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de Sevilla, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1235/2010. (PD. 766/2015).

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NIG: 4109142C20100036272.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1235/2010. Negociado: IB.

Sobre: Resto.

De: Vicente Méndez Marfil.

Procurador: Sr. Íñigo Ramos Sainz.

Contra: Herederos de Esperanza García Rodas.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1235/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de Sevilla a instancia de Vicente Méndez Marfil contra Herederos de Esperanza García Rodas sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 83/2014

En Sevilla, a 13 de marzo de 2014; don Rafael J. Páez Gallego, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de esta ciudad y su partido, ha visto y examinado los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el núm. 1325/10, a instancias de doña María del Carmen García Álvarez, doña Rocío Macarena y doña Estrella Méndez García, representadas por el Procurador Sr. Ramos Sainz y asistidos por la Letrada Sra. Arteaga del Estad; y como demandada, los herederos de doña Esperanza García Rodas, representados por el administrador judicial designado don Vicente García Cabiedes, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo: Que estimando íntegramente la demanda formulada por doña María del Carmen García Álvarez, doña Rocío Macarena y doña Estrella Méndez García, representadas por el Procurador Sr. Ramos Sainz, contra los herederos de doña Esperanza García Rodas, con la intervención del administrador judicial designado, debo declarar y declaro el dominio de las actoras sobre la finca piso letra D planta primera de la casa núm. 18 del Núcleo Residencial Las Avenidas I de esta ciudad, inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 13 de los de Sevilla, tomo 375, Libro 375, Folio 130, Finca 26.939, y ello del siguiente modo: el 50% corresponde en plena propiedad a doña María del Carmen García Álvarez, y el 50% restante por igual a las demandantes doña Rocío Macarena y doña Estrella Méndez García, recayendo sobre este porcentaje el usufructo vitalicio de la viuda Sra. García Álvarez; y todo ello con expresa condena en costas a la demandada.

Firme que sea esta resolución, entréguese testimonio de la misma a la parte demandante al objeto de su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Herederos de Esperanza García Rodas, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a diez de marzo de dos mil quince.- La Secretaria Judicial.

«En relación a los datos de carácter personal sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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