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El Decreto-ley 2/2015, de 3 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo, que tiene por objeto impulsar la creación de empleo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, activando el mercado de trabajo, regula y convoca entre otras, para el ejercicio 2015, la concesión de subvenciones para el Programa de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo.
Con carácter específico el artículo 70 del citado Decreto-ley establece que las ayudas reguladas para la Línea 1, Fomento del trabajo autónomo, se iniciarán de oficio mediante convocatoria regulada en la propia disposición y se tramitarán y resolverán en régimen de concurrencia competitiva, realizándose una comparación de las solicitudes presentadas en un único procedimiento, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos.
El mismo artículo establece para esta línea que el ámbito de competitividad para la resolución de las subvenciones que resulten será la provincia, y que mediante resolución del Director General de Autónomos y Planificación Económica se dará publicidad a los importes que a cada provincia correspondan.
El artículo 3 del referido Decreto-ley establece para la citada Línea 1, Fomento del Trabajo Autónomo, una dotación presupuestaria de 12.370.600 euros, estructurada en tres aplicaciones: a) 1100160063 G/72C/77800/00 D1131104E4 (10.000.000 de euros), b) 1100180063 G/72C/47801/00 S0045 (2.000.000 de euros) y c) 1100180063 G/72C/77800/00 S0045 (370.600 euros).
En virtud de lo anterior, y de conformidad con las competencias conferidas por el Decreto-ley 2/2015, de 3 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo,
RESUELVO
Único. Distribución de créditos entre los ámbitos territoriales de concurrencia.
Los importes que dispone el Decreto-ley 2/2015, de 3 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo, para la Línea 1, Fomento del trabajo autónomo, que regula el Programa de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo, se distribuirán por ámbito territorial de concurrencia, en función del número de personas que estaban dadas de altas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el mes de diciembre de 2014 y al numero de personas paradas que resultan de la Encuesta de Población Activa correspondiente al último trimestre de 2014, resultando la siguiente distribución:
Provincia | Dotaciones Presupuestarias | Total | ||
(10.000.000) | (2.000.000) | (370.600) | ||
Almería | 1.051.250 | 210.250 | 38.959 | 1.300.460 |
Cádiz | 1.457.970 | 291.594 | 54.032 | 1.803.597 |
Córdoba | 936.489 | 187.298 | 34.706 | 1.158.493 |
Granada | 1.182.134 | 236.427 | 43.810 | 1.462.371 |
Huelva | 581.648 | 116.330 | 21.556 | 719.534 |
Jaén | 762.683 | 152.537 | 28.265 | 943.485 |
Málaga | 1.922.651 | 384.530 | 71.253 | 2.378.435 |
Sevilla | 2.105.174 | 421.035 | 78.018 | 2.604.227 |
Sevilla, 28 de marzo de 2015.- El Director General, Ignacio Pozuelo Meño.
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