Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 07/04/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 28 de marzo de 2015, de la Dirección General de Autónomos y Planificación Económica, por la que se acuerda la distribución territorial de los créditos disponibles para la concesión de las subvenciones previstas en el Programa de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo, regulado por el Decreto-ley 2/2015 de 3 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo.

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El Decreto-ley 2/2015, de 3 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo, que tiene por objeto impulsar la creación de empleo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, activando el mercado de trabajo, regula y convoca entre otras, para el ejercicio 2015, la concesión de subvenciones para el Programa de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo.

Con carácter específico el artículo 70 del citado Decreto-ley establece que las ayudas reguladas para la Línea 1, Fomento del trabajo autónomo, se iniciarán de oficio mediante convocatoria regulada en la propia disposición y se tramitarán y resolverán en régimen de concurrencia competitiva, realizándose una comparación de las solicitudes presentadas en un único procedimiento, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos.

El mismo artículo establece para esta línea que el ámbito de competitividad para la resolución de las subvenciones que resulten será la provincia, y que mediante resolución del Director General de Autónomos y Planificación Económica se dará publicidad a los importes que a cada provincia correspondan.

El artículo 3 del referido Decreto-ley establece para la citada Línea 1, Fomento del Trabajo Autónomo, una dotación presupuestaria de 12.370.600 euros, estructurada en tres aplicaciones: a) 1100160063 G/72C/77800/00 D1131104E4 (10.000.000 de euros), b) 1100180063 G/72C/47801/00 S0045 (2.000.000 de euros) y c) 1100180063 G/72C/77800/00 S0045 (370.600 euros).

En virtud de lo anterior, y de conformidad con las competencias conferidas por el Decreto-ley 2/2015, de 3 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo,

RESUELVO

Único. Distribución de créditos entre los ámbitos territoriales de concurrencia.

Los importes que dispone el Decreto-ley 2/2015, de 3 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo, para la Línea 1, Fomento del trabajo autónomo, que regula el Programa de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo, se distribuirán por ámbito territorial de concurrencia, en función del número de personas que estaban dadas de altas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el mes de diciembre de 2014 y al numero de personas paradas que resultan de la Encuesta de Población Activa correspondiente al último trimestre de 2014, resultando la siguiente distribución:

Provincia Dotaciones Presupuestarias Total
(10.000.000) (2.000.000) (370.600)
Almería 1.051.250 210.250 38.959 1.300.460
Cádiz 1.457.970 291.594 54.032 1.803.597
Córdoba 936.489 187.298 34.706 1.158.493
Granada 1.182.134 236.427 43.810 1.462.371
Huelva 581.648 116.330 21.556 719.534
Jaén 762.683 152.537 28.265 943.485
Málaga 1.922.651 384.530 71.253 2.378.435
Sevilla 2.105.174 421.035 78.018 2.604.227

Sevilla, 28 de marzo de 2015.- El Director General, Ignacio Pozuelo Meño.

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