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Procedimiento: Social Ordinario 903/2014. Negociado: 3I.
NIG: 4109144S20140009791.
De: Doña María Robles López.
Contra: Muebles Cristóbal Cortegana, S.L., y Estado Español.
EDICTO
Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 903/2014 a instancia de la parte actora doña María Robles López contra Muebles Cristóbal Cortegana, S.L., y Estado Español, sobre Social Ordinario, se ha dictado Sentencia de fecha 4.3.2015 del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por María Robles López contra Muebles Cristóbal Cortegana, S.L., y Estado Español, Subdelegación del Gobierno en Sevilla declaro el derecho de la trabajadora a percibir a cargo del Estado la cantidad de 5.752,39 euros en concepto de salarios de tramitación dejados de percibir por el transcurso de más de 90 días desde entre la fecha de presentación de la demanda por despido y la fecha en que se notificó la sentencia a la actora y al Fogasa, condenando al Estado a que le abone dicha suma.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, debiendo ser anunciado dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social.
Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Muebles Cristóbal Cortegana, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a seis de abril de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.
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