Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 15/04/2015

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Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales

Anuncio de 10 de abril de 2015, de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, por el que se hace público la resolución de revocación de la autorización sanitaria de funcionamiento de la empresa Novaterra 92, S.A., en relación con su inscripcion en el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía.

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Expediente extinción autorización sanitaria establecimiento alimentario.

Por esta Delegación Territorial se ha visto el expediente iniciado de oficio correspondiente a Novaterra 92, S.A., con núm. R.S. 12.10083/SE y 40.13918/SE, con domicilio en P.I. San Nicolás parcelas 31, 32, 33 de Alcalá de Guadaíra (Sevilla).

Clave Categoría Actividad:

12:06/22;06/14;01/16;02/16;05/16;04/98

40:04/01

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La industria Novaterra 92, S.A., figura inscrita en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) con números 12.10083/SE para las actividades de fabricación de productos de la pesca congelados, cocedero de productos de la pesca, establecimiento de congelación de productos de la pesca y 40.13918/SE para las actividades de almacén frigorífico polivalente, en sus instalaciones de P. I. San Nicolás parcelas 31, 32, 33 de Alcalá de Guadaíra (Sevilla).

Segundo. Con fecha 9 de mayo de 2014, se constata mediante Acta de Inspección núm. 8155, que se realizó visita con fecha 19 de febrero comprobándose que las instalaciones estaban cerradas y sin indicios de actividad. Telefónicamente se pudo contactar con la empresa Jaime Estévez, S.L., en Getafe (Madrid) propietaria del Grupo de empresas y titular de la marca «Terranova». El responsable confirma que no se realiza actividad alimentaria alguna y por parte del control oficial se insta a que presenten la baja de las dos autorizaciones que tienen, por vía e-mail.

Tercero. A fecha de hoy no se ha presentado ninguna solicitud de baja de dichas autorizaciones, y  la situación en las instalaciones no ha variado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Que esta Delegación Territorial es competente para adoptar la resolución  pertinente en virtud de las atribuciones que le confiere el Decreto 61/2012, de 13 de marzo, por el que  se regula el procedimiento de la autorización sanitaria de funcionamiento y la comunicación previa de inicio de actividad de las empresas y establecimientos alimentarios de Andalucía y se crea el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía.

Segundo. Que según lo dispuesto en el art. 8.1.b del citado  Decreto la autorización sanitaria se revocará si se alteran de modo sustancial las condiciones originarias que fundamentaron su otorgamiento.

Tercero. Se tiene constancia según la documentación que obra en el expediente que concurren tales circunstancias.

Visto lo que antecede y según lo establecido en los artículos 69 y 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, esta Delegación Territorial

RESUELVE

Primero. La revocación de la autorización sanitaria de funcionamiento de la citada empresa.

Segundo. Notificar la presente resolución, con la indicación de que si desea impugnarla podrá interponer de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, en el plazo de un mes.

Sevilla, 10 de abril de 2015.- La Delegada, Francisca Díaz Alcaide.

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