Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 27/04/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Orden de 11 de marzo de 2015, por la que se acepta la donación de un bien mueble integrante del Patrimonio Histórico de Andalucía.

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Don Jesús López García, ha manifestado su voluntad de donar a la Comunidad Autónoma de Andalucía, para su destino en el Museo de Málaga, una obra de la que es autor, bajo el nombre artístico de Suso de Marcos, y propietario, y que se detalla en el Anexo. Esta obra resulta de especial interés para las colecciones del mencionado Museo por girar la colección de arte contemporáneo en torno a los artistas locales, entre los que se encuentra Suso de Marcos, del que el Museo de Málaga sólo poseía una obra hasta el momento.

El Museo de Málaga informa sobre el interés del bien ofertado, siendo de igual modo informada favorablemente la idoneidad del mencionado bien para el citado Museo, por el Servicio de Museos y la Comisión Andaluza de Bienes Muebles.

La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, faculta en su artículo 87.1 a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico, para aceptar las donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz. Dicha aceptación queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno previsto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Los efectos del artículo 87.1 deben considerarse extendidos a todos los bienes integrantes del Patrimonio Histórico de nuestra Comunidad Autónoma, y no exclusivamente a los declarados de interés cultural, o inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Por su parte, el artículo 3.6 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, la competencia para aceptar esta donación.

Por lo expuesto, y vistos los informes mencionados, y a propuesta de la Dirección General de Instituciones Museísticas, Acción Cultural y Promoción del Arte,

RESUELVO

Primero. Aceptar la donación del bien mueble del Patrimonio Histórico Andaluz que se detalla en el Anexo, dispuesta por don Jesús López García, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Adscribir y depositar el citado bien en el Museo de Málaga, cuya Directora levantará acta de recepción definitiva, en la que se mencionará la presente Orden de aceptación de la donación. Consecuentemente, el bien mueble ingresará en el Museo de Málaga en concepto de depósito de la Junta de Andalucía, que lo acuerda en calidad de Administración gestora y en virtud a lo dispuesto en el artículo 9.1.c) del Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de titularidad estatal y del Sistema Español de Museos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 11 de marzo de 2015

LUCIANO ALONSO ALONSO
Consejero de Educación, Cultura y Deporte

Anexo

Autor Título Cronología Técnica Dimensiones
Suso de Marcos (Jesús López García) Esperanza sin límite 1999 Hierro y cristal 120 x 104 x 0,80 cm
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