Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 30/04/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Resolución de 16 de abril de 2015, de la Dirección General de Administración Local, por la que se modifica la clasificación del puesto de trabajo de Secretaría, de clase tercera a clase segunda, y se crea el puesto de Intervención, clase segunda, reservados a funcionarios de Administración Local, con habilitación de carácter nacional en el Ayuntamiento de Trigueros (Huelva).

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El Ayuntamiento de Trigueros (Huelva), mediante acuerdo adoptado en Pleno, de fecha 3 de febrero de 2015, ha solicitado de esta Dirección General de Administración Local la modificación de la clasificación del puesto de trabajo de Secretaría, de clase tercera a clase segunda, y de creación del puesto de Intervención, clase segunda, reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 7 y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, aplicable en virtud de la disposición transitoria séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.

La documentación presentada para la acreditación de las circunstancias que exceptúan las limitaciones a la creación de empleo público referidas en la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 y concordantes, se concreta en Acuerdo de Pleno por el que se aprueba la modificación de clasificación del puesto de Secretaría y la creación del puesto de Intervención en la plantilla del Ayuntamiento de Trigueros, certificado de Secretaría acreditativo de no incremento del Capítulo I del Presupuesto de Gastos para 2015 y de que en el Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015 y su correspondiente plantilla de personal se encuentran incluidas las plazas de Secretaría y de Intervención, ambas de categoría de entrada, contando con la dotación presupuestaria suficiente.

Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por el artículo 7.2.d) del Decreto 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, esta Dirección General de Administración Local

R E S U E L V E

Primero. Modificar la clasificación del puesto de trabajo de Secretaría, existente en la plantilla del Ayuntamiento de Trigueros (Huelva), de clase tercera a clase segunda. Este puesto de trabajo queda reservado a funcionarios pertenecientes a la Subescala de Secretaría, categoría de entrada, de la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, ello sin perjuicio de lo previsto en la disposición transitoria primera.2.b) del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, y disposición adicional primera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

Segundo. Crear el puesto de Intervención en el Ayuntamiento de Trigueros (Huelva), disponiendo su clasificación en clase segunda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.e) del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, para su desempeño por funcionarios con habilitación de carácter nacional. Este puesto de trabajo queda reservado a funcionarios pertenecientes a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, de la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Tercero. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o, en su caso, actuar conforme a lo previsto en el artículo 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien interponer directamente el recurso contenciosos-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 16 de abril de 2015.- La Directora General, Isabel Niñoles Ferrández.

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