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Procedimiento: 476/2014.
Ejecución: 66.1/2015 Negociado: B3.
NIG: 2906744S20140006908.
De: Don Jesús Fernando Pecino Blanco.
Contra: Explocafe, S.L. (Hostal-Bar Andaluz).
EDICTO
Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 66.1/2015 a instancia de la parte actora don Jesús Fernando Pecino Blanco contra Explocafe, S.L. (Hostal-Bar Andaluz), sobre Ejecución se ha dictado Auto de fecha 23.4.2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
S.S.ª Ilma. dijo: Procede y así por este auto se dicta orden general de ejecución, se despacha la misma en los siguiente términos:
1. A favor de don Jesús Fernando Pecino Blanco, contra Explocafe, S.L. (Hostal-Bar Andaluz).
2. Señálese por el Secretario Judicial a comparecencia de INR a las partes.
3. Se acuerda consultar vida laboral del trabajador en la página de la seguridad social, a través del Punto Neutro Judicial al que tiene acceso este Juzgado.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en el término de diez días siguientes a la notificación de la presente resolución, por escrito, alegando el pago o cumplimiento de lo ordenado en sentencia, que habrá de justificar documentalmente.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Ilmo. Sr. don Gonzalo Alonso Sierra, Magistrado/Juez del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga. Doy fe. El/La Magistrado/Juez. El/La Secretario/a.
Y se ha dictado Diligencia Ordenación de fecha 23.4.2015 que es del tenor literal siguiente:
Diligencia de ordenación del Secretario Judicial Sr. don Juan Carlos Ruiz Zamora.
En Málaga, a veintitrés de abril de dos mil quince.
La demanda de ejecución presentada por don Jesús Fernando Pecino Blanco, contra Explocafe, S.L., (Hostal-Bar Andaluz) ha sido admitida a trámite, despachándose orden general de ejecución.
ACUERDO
Citar a las partes al acto de comparecencia previsto en el artículo 279 y siguientes de la LRJS, a cuyo efecto, cítese de comparecencia a las partes litigantes ante este Juzgado de lo Social para el próximo día 26.5.2015 a las 9,05 horas de su mañana, advirtiéndoles que únicamente podrán aportarse aquellas pruebas que, pudiendo practicarse en el momento, su S.S.ª estime pertinentes, con la advertencia de que si no compareciera el trabajador o persona que lo represente se archivarán sin más las actuaciones y que de no hacerlo el demandado o su representación se celebrarán los actos sin su presencia.
Notifíquese la presente resolución a las partes, sirviendo la misma de citación en forma. Igualmente cítese a la demandada Explocafe, S.L., mediante Edicto que se publicará en el BOJA.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. El/La Secretario Judicial.
Y para que sirva de notificación al demandado Explocafe, S.L. (Hostal-Bar Andaluz), actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a veintitrés de abril de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.
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