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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 657/2014. Negociado: 5.
NIG: 4109144S20140007104.
De: Don Jorge Solís Domínguez.
Abogado: Don Isidro Ruiz Sanz.
Contra: Instalaciones Comerciales Camacho e Hijos, S.L., y Camacho Instalaciones Comerciales, S.L.
EDICTO
El Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cuatro de Sevilla.
Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento núm. 657/2014, sobre Procedimiento Ordinario, a instancia de don Jorge Solís Domínguez contra Instalaciones Comerciales Camacho e Hijos, S.L. y Camacho Instalaciones Comerciales, S.L., en la que con fecha 29.10.15 se ha dictado Sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:
FALLO
Debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por don Jorge Solís Domínguez, contra Instalaciones Comerciales Camacho e Hijos, S.L. y Camacho Instalaciones Comerciales, S.L.
Debo condenar y condeno a Camacho Instalaciones Comerciales, S.L. a abonar al actor la cantidad de dos mil doscientos setenta y ocho euros y cuarenta y cuatro céntimos (2.278,44 euros), sin perjuicio de los intereses procesales desde la presente Resolución.
Debo absolver y absuelvo a Instalaciones Comerciales Camacho e Hijos, S.L., de los pedimentos efectuados en su contra.
Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso de suplicación al amparo del art. 191.2.g) de la LRJS, dado que la cuantía económica de la pretensión no excede de 3.000 euros.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada la anterior resolución por el Sr. Magistrado-Juez de Adscripción Territorial de Refuerzo que la dictó, en legal forma, y el mismo día de su fecha. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a Instalaciones Comerciales Camacho e Hijo, S.L. y Camacho Instalaciones Comerciales, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán noticificadas en los estrados del Juzgado.
En Sevilla, a veinte de mayo de dos mil dieciséis.- Letrado de la Administración de Justicia.
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