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La Resolución de 23 de febrero de 2016, de esta Dirección General, ordena la instrucción de procedimientos de redistribución en determinados centros y puestos de algunas provincias de Andalucía.
El punto 1 de la citada Resolución ordena la instrucción del procedimiento de redistribución del personal funcionario de carrera con destino definitivo en el CEIP «La Regüela» (Código 41010502), de la localidad de Palomares del Río (Sevilla), entre otros centros, estableciendo en el apartado 2 de su Anexo I los puestos ofertados para ello del nuevo CEIP (Código 41018896) de la misma localidad.
La referida Resolución, dictada con anterioridad a la propuesta de la Delegación Territorial de Educación en Sevilla, no pudo contemplar los puestos que habían de ofertarse al personal funcionario que, según dicha propuesta, resulta afectado por el desglose del CEIP «La Regüela» al CEIP «Nuevo», ambos de la localidad de Palomares del Río.
No habiéndose iniciado la instrucción del procedimiento de redistribución entre dichos centros, vistos la propuesta de la Delegación Territorial de Sevilla, de 9 de marzo de 2016, y el informe de la Dirección General de Planificación y Centros, de 4 de abril de 2016, parece oportuno proceder a la modificación de la referida Resolución de 23 de febrero de 2016.
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo previsto en el artículo 67 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de la facultad que le otorga el artículo 6 de la Orden de 11 de abril de 2011, por la que se regulan los procedimientos de recolocación y de redistribución del personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes contemplados en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, a propuesta de la Delegación Territorial de Educación en Sevilla, y de acuerdo con el citado informe de la Dirección General de Planificación y Centros,
HA RESUELTO
Punto único. Modificar el apartado 2 del Anexo I de la Resolución de 23 de febrero de 2016, de esta Dirección General, por la que se ordena la instrucción de procedimientos de redistribución en los centros y puestos que, por provincias, se relacionan, que queda de la siguiente manera:
«2. PROVINCIA DE SEVILLA
LOCALIDAD: Palomares del Río
OFERTA AL PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA AFECTADO POR EL DESGLOSE
DEL C.E.I.P. «LA REGÜELA» (41010502) EN EL NUEVO C.E.I.P. (41018896)
CENTRO OFERTADO | CÓDIGO | PUESTO OFERTADO | |
CÓDIGO | DENOMINACIÓN | ||
NUEVO CEIP | 41018896 | 00597031 | EDUCACIÓN INFANTIL |
NUEVO CEIP | 41018896 | 00597031 | EDUCACIÓN INFANTIL |
NUEVO CEIP | 41018896 | 00597031 | EDUCACIÓN INFANTIL |
NUEVO CEIP | 41018896 | 00597032 | LENGUA EXTRANJERA - INGLÉS |
NUEVO CEIP | 41018896 | 00597034 | EDUCACIÓN FÍSICA |
NUEVO CEIP | 41018896 | 00597035 | MÚSICA |
NUEVO CEIP | 41018896 | 00597038 | EDUCACIÓN PRIMARIA |
NUEVO CEIP | 41018896 | 00597038 | EDUCACIÓN PRIMARIA |
Opciones que se han de proponer al personal afectado:
1. Ocupar, por redistribución, los puestos ofertados.
2. Pasar a la situación de supresión.»
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante esta Dirección General, de conformidad con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 16 de mayo de 2016.- La Directora General, Antonia Cascales Guil.
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