Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 16/06/2016

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 8 de junio de 2016, de la Universidad de Jaén, por la que se convocan pruebas selectivas para ingresar en la Escala Técnica de Grado Superior (Ingeniería) de esta Universidad.

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Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como en los artículos 51 y 132 de los Estatutos de Universidad de Jaén, con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios, acuerda convocar, de acuerdo con el artículo 75.2 de la mencionada Ley Orgánica, pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de Grado Superior (Ingeniería) con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1 plaza de Técnico de Grado Superior (Ingeniería) de la Universidad de Jaén, mediante el sistema de promoción interna.

1.2. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y a las bases de esta Resolución.

1.3. El procedimiento de selección de aspirantes será el de concurso-oposición, con las pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.5. Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, el Rectorado de la Universidad hará pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso.

Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en el tablón de anuncios del edificio de Rectorado de la Universidad.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Las personas que aspiren a estas plazas deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Tener cumplidos los 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado Universitario, Grado, Ingeniero, Arquitecto o titulación equivalente.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por alguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.

f) Hallarse en servicio activo, con destino en la Universidad de Jaén y pertenecer a la Escala Técnica de Grado Medio (Ingeniería) con, al menos, dos años de antigüedad en el mismo.

2.2. Todos los requisitos enumerados en el apartado anterior deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en posesión de los mismos hasta la toma de posesión como funcionario/a de la Escala a que se aspira.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo en el modelo de instancia que será facilitado gratuitamente en el Servicio de Información y Asuntos Generales o en el Servicio de Personal y Organización Docente de la Universidad de Jaén, así como en la página web de la Universidad de Jaén o en los modelos normalizados para ingresar en la Administración Pública, que se facilitan en las Subdelegaciones de Gobierno y en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.

A la instancia se acompañarán una fotocopia del documento nacional de identidad y el resguardo de haber abonado los derechos de examen a que se refiere la base 3.4.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al Señor Rector Magnífico de la Universidad de Jaén, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

3.3. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General o registros auxiliares de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre).

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de ser certificadas.

3.4. Los derechos de examen, por el importe de 30,00 euros, se ingresarán por los solicitantes en la Caja Rural de Jaén, cuenta número 3067.0109.33.1150653028, a nombre de la Universidad de Jaén, indicando en el ingreso: «Oposiciones Escala Técnica de Grado Superior (Ingeniería)».

3.5. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión de los aspirantes. En ningún caso, la presentación y pago en la Caja Rural supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.7. Los aspirantes con minusvalías podrán indicarlo en la solicitud utilizando el recuadro 5 de la misma, expresando en el 7 las posibles adaptaciones de tiempo y medios necesarios para la realización de los ejercicios.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Jaén dictará Resolución en el plazo máximo de un mes que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y en la que además de declarar aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de aspirantes excluidos con mención expresa en todo caso, de los apellidos, nombre, número de documento nacional de identidad y motivo que la produce.

4.2. En todo caso, la Resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo de diez días para la subsanación de errores, transcurrido el cual quedará elevada a definitiva, publicándose en el tablón de anuncios del Rectorado. Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del Rectorado edificio B-1 del Campus Las Lagunillas.

5. Tribunal Calificador.

5.1. Debido a la urgente necesidad de la publicación de la convocatoria para la provisión de las vacantes, resulta conveniente hacer uso de la posibilidad prevista en el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, acordándose que los nombres y demás datos de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante resolución del Rector al mismo tiempo que se expongan la lista de excluidos a que se refiere la base 4.1.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3. Previa convocatoria del/de la Presidente/a se constituirá el Tribunal con la asistencia del Presidente/a y Secretario/a y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará la sesión de constitución en el plazo máximo de 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en cualquier caso al menos diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.4. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

5.5. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Jaén.

5.7. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que las personas aspirantes con minusvalías tengan similares condiciones a las de los demás opositores/as, para la realización de los ejercicios.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso colaboración de los servicios técnicos de la Administración Laboral, sanitaria o de los órganos competentes de la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía.

5.8. El/La Presidente/a del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22), o cualesquiera otros equivalentes. El Tribunal excluirá a aquellos/as candidatos/as en cuyo ejercicio figuren marcas y signos que permitan conocer la identidad del/de la opositor/a.

5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Jaén, Paraje Las Lagunillas, sin número, edificio B-1, teléfono (953) 21 22 85.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 31, de 21 de abril).

5.11. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anterior, será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/las opositores/as para que acrediten su identidad.

6.2. El orden de actuación de los/las opositores/as se determinará mediante sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios sobre la celebración de los demás ejercicios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las anteriores, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con al menos doce horas de antelación a su comienzo si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si el ejercicio es nuevo.

6.5. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno/a de las personas aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará al Rector de la Universidad, el cual deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a los efectos procedentes.

Contra la exclusión de las personas aspirantes podrá interponerse recurso de alzada, ante la misma autoridad indicada en el párrafo anterior.

7. Listas de aprobados/as, presentación de documentación y nombramiento de funcionarios/as de carrera.

7.1. Al finalizar cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública en los lugares de examen y en el Rectorado de la Universidad las listas con las puntuaciones correspondientes.

7.2. La puntuación final se obtendrá de la forma establecida en el Anexo I de esta convocatoria. Finalizados los ejercicios, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados/as, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la oposición y la suma total.

La lista de aprobados/as no podrá superar el número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier actuación en sentido contrario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 30/1984.

7.3. La relación de aprobados/as será elevada al Rector de la Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios/as de carrera.

7.4. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde la publicación en el Rectorado de la Universidad de la relación de aprobados/as a que se refiere la base anterior, las personas aspirantes que figuren en las mismas deberá presentar en el Servicio de Personal y Organización Docente, los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la base 2. de la convocatoria y cumplimentarán la declaración que se incluye como Anexo III de la convocatoria.

7.5. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o, del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la citada base 2, no podrán ser nombrados funcionarios/as de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.6. Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios/as de carrera mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de fotocopia del documento nacional de identidad de las personas aspirantes aprobadas y un ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentadas en la Universidad con el apartado «Reservado para la Administración», debidamente cumplimentado.

8. Norma final.

8.1. La convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, así como de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los/las interesados/as en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

8.2. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en la citada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 8 de junio de 2016.- El Rector, Juan Gómez Ortega.

ANEXO I

EJERCICIOS Y VALORACIÓN

I.1. El procedimiento de selección constará de las siguientes fases: concurso y oposición.

I.1.1. En la fase de concurso:

Se valorará hasta un cuarenta por ciento de la puntuación de la fase de oposición, con la siguiente distribución:

Antigüedad: Se valorarán los años completos, o fracción superior a seis meses. A estos efectos serán reconocidos los servicios prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

La valoración máxima será de 10 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de publicación de la convocatoria, concediéndose a cada año una puntuación de 0,40 puntos hasta el límite máximo.

Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe con destino definitivo el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Nivel 15: Cuatro puntos, y por cada unidad de nivel que le exceda, se sumará 0,5, hasta un máximo de 10 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los efectos económicos de la misma.

I.1.2. La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo estos eliminatorios:

Primer ejercicio: consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas correspondientes al programa. Se extraerá al azar un tema de cada uno de los cuatro módulos en que se divide el programa.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas.

Segundo ejercicio: Consistirá en la presentación de la planificación de un proyecto de Mantenimiento y Vigilancia de las Instalaciones, a propuesta del Tribunal Calificador, en alguno o varios de los ámbitos que corresponden al temario. Se valorará la capacidad de gestión, las habilidades técnicas y la aplicación de conocimientos profesionales relacionados con el perfil de la plaza.

El proyecto será expuesto y defendido por cada aspirante, en sesión pública convocada al efecto, durante un máximo de 30 minutos.

El tiempo comprendido entre la fecha de publicación de las calificaciones del primer ejercicio y la presentación del proyecto será de un mes.

I.1.3. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio.

ANEXO II

P R O G R A M A

BLOQUE I. UNIVERSIDAD. ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN. LEGISLACIÓN

Tema 1. Planificación estratégica en las Universidades. Metodologías. Tipos. Desarrollo de proyectos. Instrumentos de planificación y control. El Plan Estratégico de la Universidad de Jaén: Elaboración, formulación, implantación, seguimiento y control.

Tema 2. Análisis y definición de los procesos de una organización. Grupos de interés. Fundamentos, diseño y evolución de procesos. Métodos de mejora. Fases del análisis.

Tema 3. Modelos de calidad. El modelo europeo de calidad: su aplicación en la universidad.

Tema 4. Los sistemas de aseguramiento de la calidad. Norma ISO. El modelo de excelencia EFQM.

Tema 5. La planificación estratégica de recursos humanos, ventajas de su utilización. Plan de identificación de potencial de desarrollo. Mecanismos de adecuación persona-puesto.

Tema 6. El factor humano en la organización. El grupo en la organización. El liderazgo. La motivación. La cultura corporativa. La Comunicación Interna.

Tema 7. La gestión estratégica en los recursos humanos. Elementos, modelos y principales enfoques.

Tema 8. El presupuesto: Elaboración y aprobación. Principios presupuestarios. Las técnicas presupuestarias.

Tema 9. El presupuesto: Modificaciones presupuestarias, especial referencia a la Universidad de Jaén. Los gastos plurianuales.

Tema 10. El presupuesto: El procedimiento de ejecución presupuestaria. Fases del gasto y del pago. Clases de pagos.

Tema 11. El control de la actividad presupuestaria. Control interno y externo. Control de legalidad y de eficacia. Especial referencia a la Universidad de Jaén. Auditoría externa.

Tema 12. El régimen económico y financiero de la Universidad de Jaén. Especial referencia a la Ley Orgánica de Universidades, Ley Andaluza de Universidades y Estatutos de la Universidad de Jaén.

Tema 13. Contratación del Sector Público: Disposiciones generales de la Ley de Contratos del Sector Público. Configuración general de la contratación y elementos estructurales de los contratos.

Tema 14. Los Estatutos de la Universidad de Jaén: Estructura de la Universidad. Participación social, representación, gobierno y gestión de la Universidad. Comunidad Universitaria. Servicios Universitarios. Régimen Económico y Financiero.

BLOQUE II. LEGISLACIÓN DE INSTALACIONES TÉCNICAS

Tema 1. Normativa reglamentaria sobre los aparatos de elevación y manutención. Análisis de riesgos en conexión con la normativa general de seguridad en máquinas. Normativa reglamentaria sobre ascensores: Comercialización, instalación y utilización.

Tema 2. Normativa reglamentaria de los aparatos y equipos a presión fijos y transportables.

Tema 3. Normativa reglamentaria de plantas e instalaciones frigoríficas. La utilización de los nuevos productos refrigerantes: Protocolos internacionales sobre su regulación. Normativa reglamentaria sobre las instalaciones térmicas en los edificios (RITE). Instrucciones técnicas complementarias.

Tema 4. Legislación básica sobre aguas. Dominio público y privado. Régimen jurídico de las aguas subterráneas. Reglamento de suministro de agua en Andalucía. Normas básicas reguladoras de las instalaciones.

Tema 5. Legislación básica reguladora del sector de la energía eléctrica. Producción, transporte, distribución y suministro de energía eléctrica. Expropiación y servidumbres. Infracciones y Sanciones.

Tema 6. Autorización de las instalaciones eléctricas. Calidad del servicio. Tarifas de suministro. Comisión Nacional de la Energía. Acometidas eléctricas. Consumidores cualificados.

Tema 7. Régimen especial de producción de energía eléctrica. Energía eólica, solar, biomasa, mini-hidráulica. Cogeneración eléctrica. Conexiones de instalaciones fotovoltaicas a redes de baja tensión.

Tema 8. Normativa reglamentaria de centros de trasformación. Aparatos de maniobra. Transformadores. Instalaciones bajo envolvente. Normativa reglamentaria de líneas aéreas de alta tensión.

Tema 9. Normativa reglamentaria de baja tensión: Reglamento e instrucciones complementarias. Instalaciones receptoras en locales de características especiales y de pública concurrencia. Instaladores autorizados.

Tema 10. Reglamentación técnica sobre redes, acometidas, almacenamiento, distribución e instalaciones receptoras de gases combustibles. Reglamentación técnica sobre almacenamiento y distribución de productos petrolíferos líquidos.

Tema 11. La política de ahorro, eficiencia y conservación de la energía: RITE, IDAE. Plan de fomento de las energías renovables 2011-2020.

BLOQUE III. MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES

Tema 1. Definiciones, normas y ratios de control en mantenimiento: Definiciones básicas sobre mantenimiento. Norma UNE-EN-13306:2011 sobre terminología. Norma UNE-EN-13460:2009 sobre documentación. Norma UNE-EN-15341:2008 sobre indicadores. Clasificación y definición de los principales ratios de control en mantenimiento.

Tema 2. Mantenimiento centrado en la fiabilidad (RCM): Antecedentes y definición del RCM. Relación entre el RCM y la norma UNE 20812. Principales objetivos o metas del RCM. Implantación del mantenimiento RCM (fases y proceso).

Tema 3. Mantenimiento en producción (TPM): Antecedentes y objetivos. Principios en que se basa el mantenimiento autónomo o TPM. Implantación del mantenimiento TPM (fases, instrumentos y problemas).

Tema 4. Mantenimiento preventivo sistemático: Definición. Fundamentos de la norma AFNOR (X60-010). Curva de «la bañera». Mantenimiento reglamentario o legal.

Tema 5. Mantenimiento basado en análisis de riesgo. Métodos HAZOP y FMECA.

Tema 6. El mantenimiento predictivo: Definición y fundamentos. Técnicas generales (análisis de vibraciones, análisis de aceites, termografía, medición de corrosión, ensayos no destructivos). Aplicaciones (máquinas eléctricas, baterías).

Tema 7. Gestión económica del mantenimiento: Gestión de costes por actividades (métodos ABC y ABM). Costes del ciclo de vida (LCC). Cuadro de Mando Integral en mantenimiento. Gestión de repuestos y contratos PBL.

Tema 8. Contratación externa del mantenimiento: Visiones, razones y cautelas ante la externalización del mantenimiento. Preparación de pliegos de condiciones. Contratos en organizaciones sujetas a la Ley de Contratos del Sector Público. Contratos WIN-WIN.

Tema 9. Gestión del mantenimiento asistida por ordenador (GMAO): Necesidad, objetivos, funciones y módulos básicos de un sistema GMAO. Fases de implantación de un sistema GMAO. El sistema SAP-R3.

Tema 10. Planificación y programación en mantenimiento: Programación técnica de reparaciones. Programación administrativa de revisiones (métodos CPM, PERT y GANTT). Métodos de planificación y previsión de materiales.

Tema 11. Indicadores en la medición y evaluación del mantenimiento: Reglas para la definición de indicadores. Indicadores básicos y de gestión en mantenimiento. Norma 15341 de indicadores de mantenimiento. Implantación de un Cuadro de Mando Integral (CMI) en mantenimiento.

Tema 12. Auditoría del mantenimiento: Metodología. Aspectos sobre los que efectuar la auditoria. Ejemplo de análisis DAFO en mantenimiento. Proyecto de mejora Seis Sigma.

BLOQUE IV. VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS INSTALACIONES. ASPECTOS MEDIOAMBIENTALES

Tema 1. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Disposiciones generales. Principios de la protección de datos. Derechos de las personas.

Tema 2. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Disposiciones sectoriales Agencia de Protección de Datos Infracciones y sanciones.

Tema 3. Seguridad Privada: definición y fines. Las actividades y funciones principales de la seguridad privada y otras actividades compatibles. Servicios y funciones excluidas. Jefe de seguridad y Director de seguridad: competencias y funciones.

Tema 4. El servicio de videovigilancia. Regulación legislativa del tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras.

Tema 5. La seguridad industrial. Infraestructura de la calidad y seguridad industrial. Los organismos de control y su organización en la Comunidad Autónoma Andaluza. El Consejo de coordinación de la seguridad industrial.

Tema 6. Normativa reglamentaria sobre seguridad en instalaciones radioactivas. Normativa reglamentaria sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes. El Consejo de Seguridad Nuclear. La Empresa Nacional de Residuos Radiactivos.

Tema 7. La legislación en materia de protección contra incendios. Regulación de la seguridad contra incendios en edificios y las normas básicas de edificación. Instalaciones de protección contra incendios. Empresas instaladoras y mantenedoras.

Tema 8. Gestión de residuos. Normativa de la Unión Europea. Normativa del Estado Español. Normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Conceptos generales y tipos de residuos. Normas de seguridad en la gestión de residuos peligrosos.

Tema 9. Normativa reglamentaria de seguridad sobre los almacenamientos de productos químicos. Instrucciones técnicas. Normativa sobre sustancias y preparados peligrosos.

Tema 10. La regulación de la seguridad en máquinas. Análisis de riesgos. La normativa de seguridad general de los productos.

Tema 11. Calidad y el medio ambiente en mantenimiento: Sistema de gestión de la calidad ISO 9000 en mantenimiento. Sistema de calidad medioambiental ISO 14000 en mantenimiento. Integración de certificaciones de calidad y medioambiente. Normativa de gestión energética.

Tema 12. La evaluación de Impacto Ambiental. Normativa de la Unión Europea. Normativa del Estado Español. La Prevención Ambiental en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Normativa vigente.

Tema 13. Contaminación Atmosférica y Acústica. Normativa de la Unión Europea. Normativa del Estado Español. Normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Tipos de contaminantes y sus efectos. Análisis de emisión e inmisión de contaminantes. Sistemas de tratamiento y eliminación.

ANEXO III

Declaración jurada/promesa

Don/Doña .............................................................................................................................................................., con domicilio en ..................................................................................................., y Documento Nacional de Identidad número ............................., a efectos de ser nombrado/a funcionario/a de carrera de la Escala Técnica de Grado Superior (Ingeniería) de la Universidad de Jaén, declara bajo juramento o promete, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas.

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