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Que mediante oficio emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Siete de en Sevilla en el procedimiento ordinario 373/2015, originado por recurso interpuesto por la entidad Prodiversa Progreso y Diversidad contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de reintegro de la subvención relativa al programa de experiencias profesionales para el empleo, dictada en fecha 6.11.2014 por la Dirección General de Políticas Activas de Empleo del SAE y recaída en el expediente SC/EP/00133/2011, se ordena al Servicio Andaluz de Empleo que proceda a notificar la resolución que acuerde la remisión del expediente administrativo y a emplazar a cuantos resulten interesados en el procedimiento para que puedan personarse como demandados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser remitido en el plazo improrrogable de veinte días, a contar desde que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido. La entrada se pondrá en conocimiento del órgano jurisdiccional.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA, la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguiente a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el Procedimiento Administrativo Común.
En virtud de cuanto antecede, esta Secretaría General, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 14 del Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio (BOJA número 136, de 15 de julio de 2015), y el artículo 15.bis) de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por Decreto 96/2011, de 19 de abril (BOJA número 83, de 29 abril 2011).
RESUELVE
Primero. La remisión del referido expediente administrativo de la entidad Prodiversa Progreso y Diversidad al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Siete de Sevilla.
Segundo. Notificar la presente Resolución a cuantos aparezcan como interesados en el procedimiento ordinario 373/2015, para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días ante el referido Juzgado en legal forma, haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna, según lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 24 de noviembre de 2015.- La Secretaria General, María de la Luz Fernández Sacristán.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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