Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 13/07/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

Resolución de 4 de julio de 2016, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la que se hace público el Acuerdo de 1 de julio de 2016, del Departamento de Información y Registro, de delegación de competencias para la autenticación de copias de documentos.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, dispone que la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos, mediante cotejo con los originales, corresponde a las Jefaturas de Sección u órganos asimilados responsables de cada Registro General.

El Departamento de Información y Registro de los servicios centrales del Servicio Andaluz de Salud, es el responsable del Registro General establecido en el mismo.

Por razones técnicas, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia en el ámbito del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por cuanto antecede, esta Dirección General de Profesionales

RESUELVE

Primero. Hacer público el Acuerdo de 1 de julio de 2016, del Departamento de Información y Registro de los servicios centrales del Servicio Andaluz de Salud, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias de documentos mediante cotejo.

Segundo. La presente Resolución revoca y actualiza cualquier otra disposición por la que se delegan competencias para la autenticación de copias de documentos, mediante cotejo de originales, que se hubiera adoptado en el ámbito de las competencias propias de estos servicios centrales del Servicio Andaluz de Salud.

Sevilla, 4 de julio de 2016.- La Directora General, Celia Gómez González.

ANEXO

ACUERDO DE 1 DE JULIO DE 2016, DEL DEPARTAMENTO DE INFORMACIÓN Y REGISTRO DE LOS SERVICIOS CENTRALES DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACIÓN DE COPIAS DE DOCUMENTOS

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reconoce en sus artículos 35.c) y 46 respectivamente, por una parte, el derecho de los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de estos salvo que los originales deban obrar en el procedimiento, y atribuye, por otra parte, a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.

El artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, porque se establecen medidas organizativas de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm. 136, de 26 de octubre), establece que la competencia para la autenticación de copias de documentos públicos y privados, mediante cotejo con el original, que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual depende cada Registro General de Documentos, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de dicho registro.

Una de las funciones principales de los Registros Generales de Documentos y Auxiliares es la de facilitar la presentación de los escritos, y esta no se lograría si las copias de los documentos que se presenten, junto con los originales, para la devolución de estos, a tenor de lo dispuesto en el artículo 35.c) de la Ley 30/1992, ya citada, no pueden ser autenticadas previo cotejo por los responsables de los registros, motivo por el cual se hace necesaria la correspondiente delegación de competencias.

Por ello

ACUERDO

Primero. La competencia de expedición de copias autenticadas de documentos privados y públicos que se presenten en estos servicios centrales del Servicio Andaluz de Salud, atribuida al Departamento de Información y Registro, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, quede delegada en el personal funcionario que ocupe los puestos que a continuación se citan:

CÓDIGO PUESTO
2151410 SECRETARIA DIRECTOR GERENTE
2153310 NEGOCIADO GESTIÓN DE PERSONAL
2152510 NEGOCIADO GESTIÓN DE CUENTAS
6511110 SERVICIO DE ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN INTERIOR
2146210 SECCIÓN COORDINACIÓN CONTRATACIÓN
2139810 SECTOR ORGANIZACIÓN
6511410 DEPARTAMENTO INFORMACIÓN Y REGISTRO
2154710 NEGOCIADO CONTROL OBLIGACIONES
2142110 OPERADOR DE CONSOLA
2140310 NG. INFORMACIÓN Y REGISTRO
3299510 AUXILIAR ADMINISTRATIVO
6511610 AUXILIAR GESTIÓN REGISTRO E INFORMACIÓN
6511610 AUXILIAR GESTIÓN REGISTRO E INFORMACIÓN
6511610 AUXILIAR GESTIÓN REGISTRO E INFORMACIÓN
12527610 CONSEJERO TÉCNICO
2151210 ADMINISTRATIVO
2144410 SERVICIO RÉGIMEN ECONÓMICO PERSONAL
11573410 GABINETE GESTIÓN DE RECURSOS
2151810 AUXILIAR ADMINISTRATIVO
2143410 SECCIÓN CONTROL PLANTILLAS
2144110 SERVICIO RÉGIMEN JURÍDICO
2144210 SECTOR RÉGIMEN JURÍDICO DE PERSONAL
2143110 UNIDAD RELACIONES LABORALES
11542510 ADMINISTRATIVO
12077910 ADMINISTRATIVO
12077910 ADMINISTRATIVO
2144310 SECCIÓN GESTION DE PERSONAL
691110 ADMINISTRATIVO
6510310 NEGOCIADO GESTIÓN ASUNTOS CONTENCIOSOS
2154710 NEGOCIADO CONTROL OBLIGACIONES
6503610 AUXILIAR GESTIÓN-SECRETARIO
6504110 SERVICIO NORMALIZACIÓN Y CATÁLOGO
11505410 SERVICIO LOGÍSTICA
2158810 ASESOR TÉCNICO CONCIERTOS
2150110 TITULADO SUPERIOR
2150210 TITULADO SUPERIOR
2147610 NEGOCIADO ORDENACIÓN RECURSOS HUMANOS
2150110 TITULADO SUPERIOR
2152910 NEGOCIADO DE CATÁLOGO
2152810 NEGOCIADO DE GESTIÓN Y COSTE DE INSTALACIONES
2142410 NEGOCIADO GESTIÓN ASUNTOS CONSULTIVOS
2154010 NEGOCIADO GESTIÓN DE COMPRAS
2150710 TITULADO GRADO MEDIO
2151810 AUXILIAR ADMINISTRATIVO
11276910 ADMINISTRATIVO

Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 102.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, esta delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y producirá sus efectos a partir de la fecha de publicación.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.

Sevilla, 1 de julio de 2016. Departamento de Información y Registro, María Dolores Mellado.

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