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La Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en su artículo 109, recoge la suplencia; por otra parte, en el artículo 18.2 del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, se establece que: «En caso de ausencia o enfermedad de la persona titular de la Delegación Territorial de la Junta de Andalucía, será sustituida por la persona titular de la Delegación Territorial o de la Delegación del Gobierno que designe como suplente» y en la disposición adicional novena, según redacción dada por el Decreto 304/2015, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, en su apartado 3 se recoge que: La persona titular de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales ejercerá las competencias previstas en el artículo 19 del presente Decreto, así como toda aquella que se le atribuya o delegue.
En virtud de las disposiciones mencionadas anteriormente, y estando prevista la ausencia por disfrute de vacaciones desde el 1 al 31 de agosto, ambos inclusive, de esta Delegada Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía en Sevilla,
R E S U E L V O
Primero. Designar como suplente, en el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas como Delegada Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía en Sevilla, a la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía en Sevilla durante el periodo comprendido entre el 1 y el 15 de agosto, ambos inclusive, y a la persona titular de la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía en Sevilla durante el periodo comprendido entre el 16 y el 31 de agosto, ambos inclusive.
Segundo. Los actos y resoluciones que se adopten en virtud de esta suplencia deberán indicar esta circunstancia.
Sevilla, 20 de julio de 2016.- La Delegada, M.ª Ángeles Fernández Ferreiro.
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