Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 11/08/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Conocimiento

Resolución de 4 de agosto de 2016, de la Dirección General de Fondos Europeos, por la que se delegan competencias en materia de Selección de las Estrategias de Desarrollo Local del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 a la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00096939.

En cumplimiento de la reglamentación comunitaria, el Consejo de Gobierno mediante Acuerdo de 2 de junio de 2015 ha designado a la Dirección General de Fondos Europeos, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo (actualmente Economía y Conocimiento), como Autoridad de Gestión responsable de la gestión y aplicación eficiente, eficaz y correcta del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, correspondiéndole el ejercicio de las competencias operativas y funciones de dicho Programa, y descritas en el Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005, del Consejo, en relación con el Reglamento (UE) núm. 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, y al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, y al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca y se deroga el Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del Consejo, así como cuantas competencias pudieran derivarse de las disposiciones de aplicación de estos Reglamentos.

Asimismo, el citado Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, le atribuye las competencias a la autoridad de gestión y además dispone en el apartado 2 del artículo 66 que la Autoridad de Gestión podrá delegar alguna o algunas de sus competencias en otros órganos u organismos, si bien seguirá siendo plenamente responsable de la eficiencia y la correcta gestión y el cumplimiento de dichas tareas.

El Decreto 215/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en su artículo 12, asigna a la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, además de las funciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, las competencias en materia LEADER en Andalucía como gestores del Programa de Desarrollo Rural (FEADER).

Ante el volumen y especificidad de las Estrategias de Desarrollo Local, de la experiencia acumulada en el periodo 2007-2013 y en aras de agilizar las actuaciones para una eficiente gestión, procede la delegación de competencias en esta materia y al amparo del Reglamento 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

De conformidad con el artículo 101 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás normativa aplicable en la materia.

En virtud de lo anterior y en uso de las competencias que me vienen atribuidas,

RESUELVO

Primero. Se delega en la persona titular de la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía la competencia para aprobar la selección de las Estrategias de Desarrollo Local o en su caso denegar la selección de las mismas.

Segundo. El procedimiento de selección de las Estrategias de Desarrollo Local, además de lo previsto en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, se regirá por las normas comunitarias aplicables y por las normas nacionales de desarrollo o transposición de aquéllas. La resolución del procedimiento será adoptada por la persona titular de la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural.

Tercero. En los actos y resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación se hará constar expresamente esta circunstancia, con mención de la fecha de aprobación de la presente Resolución.

Cuarto. La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de agosto de 2016.- La Directora General, Patricia Eguilior Arranz.

Descargar PDF