Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 174 de 09/09/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 8 de julio de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Jerez de la Frontera, dimanante de procedimiento ordinario núm. 926/2012. (PP. 1859/2016).

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NIG: 1102042C20120004025.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 926/2012. Negociado: MM.

Sobre: Reclamación cantidad.

De: Banco Bilbao Vizcaya Argentaría, S.A.

Procuradora: Sra. Isabel Moreno Morejón.

Letrada: Sra. Marta Sancho Lora.

Contra: Ambulancias Cádiz, S.C.A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 926/2012 seguido en el Juzgado 1.ª Instancia núm. Cinco de Jerez de la Frontera (Antiguo Mixto núm. Cinco) a instancia de Banco Bilbao Vizcaya Argentaría, S.A. contra Ambulancias Cádiz, S.C.A., sobre reclamación cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA núm. 72/2016

En Jerez de la Frontera, a dieciocho de mayo de 2016.

Vistos por la Sra. doña Teresa Herrero Rabadán, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de los de este partido, los presentes autos de Juicio Ordinario, registrados con el número 926/12 de los asuntos civiles de este Juzgado, en el que han sido partes demandante BBVA, representada por la Procuradora Sra. Moreno, asistido por Letrada Sra. Sancho Lora, demandada Ambulancias Cádiz, S.C.A., en rebeldía procesal, teniendo como objeto reclamación de cantidad, se procede a dictar la presente Resolución.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por la Procuradora Sra. Moreno Morejón en nombre y representación de BBVA, contra Ambulancias Cádiz S.C.A., a la que debo condenar y condeno a abonar a la actora la suma de seiscientos noventa y un mil seiscientos cuarenta y dos euros con cincuenta y cinco céntimos (691.642,55 euros), intereses desde demanda, todo ello, con imposición a la demandada de las costas de la instancia.

Notifíquese la presente a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días siguientes a su notificación, ante la Ilma. Audiencia Provincial. Art. 458 LEC.

Así por esta mi Sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando, y firmo.

Publicación. Leída y publicada que fue la anterior sentencia por la Sra. Magistrado Juez que la suscribe, encontrándose celebrando Audiencia Pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Ambulancias Cádiz, S.C.A., extiendo y firmo la presente en Jerez de la Frontera, a ocho de julio de dos mil dieciséis.-

La Letrada de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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