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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 625/2013. Negociado: 2I.
NIG: 4109144S20130006792.
De: Fundación Laboral de la Construcción.
Contra: Construcciones y Estructuras Toscana, S.L.
EDICTO
Doña María Amparo Atares Calavia, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Numero Cinco de Sevilla.
Hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 625/2013 a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Construcciones y Estructuras Toscana, S.L., sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado Decreto de fecha 5.6.13 del tenor literal siguiente:
DECRETO
Secretario Judicial, doña María Amparo Atares Calavia.
En Sevilla a cinco de junio de dos mil trece.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Fundación Laboral de la Construcción presentó demanda de reclamación de cantidad frente a Construcciones y Estructuras Toscana, S.L.
Segundo. La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el núm. 625/13.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.1 de la LRJS procede su admisión a trámite y su señalamiento por el Secretario Judicial.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
Dispongo:
- Admitir la demanda presentada.
- Se señala el próximo día treintaiuno de octubre de 2016, a las 10,15 horas para la celebración del acto de juicio en la Sala de Vistas núm. 10, de este Juzgado sito en Avda. de la Buhaira, núm. 26, 1.ª planta, Edificio Noga, de Sevilla
- Citar para conciliación a celebrar en la sede del Juzgado sito en la 5.ª planta, de este mismo edificio a las 9,30 horas.
- El Secretario Judicial no estará presente en el acto de la vista, conforme al art. 89 de la LRJS .
- Citar a las partes en legal forma con la advertencia de, que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.
Respecto a la prueba solicitada de se cuenta a S.S.ª para que resuelva lo procedente. Dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del art. 182, LEC.
- Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer ajuicio asistido de letrado.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
El Secretario Judicial
Diligencia de Constancia de la Sra. Secretaria, doña María Amparo Atares Calavia: Para hacer constar que la anterior resolución ha sido transcrita hoy dia 19.7.13 debido a la sobrecarga de trabajo que pesa en este Juzgado.
En Sevilla, a 19 de julio de dos mil trece. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado Construcciones y Estructuras Toscana, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a nueve de septiembre de dos mil dieciséis.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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