Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 29/01/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Resolución de 18 de enero de 2016, de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Sostenibilidad Urbana, por la que se aprueba el procedimiento de deslinde, desafectación y modificación parcial de trazado de la vía pecuaria denominada «Vereda de La Loma Blanca» en el término municipal de Los Gallardos, provincia de Almería.

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Expte. VP @638/2014.

Examinada la documentación que acompaña la propuesta de deslinde, desafectación y modificación parcial de trazado de la vía pecuaria denominada «Vereda de La Loma Blanca», elevada por la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Almería, tramo comprendido entre las parcelas 96 y 136 del polígono 8 del catastro de rústica, en el término municipal de Los Gallardos, provincia de Almería, se desprenden los siguientes:

HECHOS

Primero. La vía pecuaria antes citada, ubicada en el término municipal de Los Gallardos, está clasificada por Resolución de 24 de noviembre de 1993, de la Presidencia del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 11, de 29 de enero de 1994, con una anchura de 12 metros.

Segundo. Mediante Resolución de 30 de octubre de 2014 la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a instancia de la entidad mercantil Shaun Wilson, S.L., elevada propuesta de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Almería, acuerda iniciar el procedimiento de deslinde, desafectación y modificación parcial de trazado de la vía pecuaria denominada «Vereda de La Loma Blanca», tramo comprendido entre las parcelas 96 y 136 del polígono 8 del catastro de rústica, en el término municipal de Los Gallardos, provincia de Almería.

La modificación de trazado, motivada por la dificultad que plantea el trazado original en la explotación de la parcela del solicitante, conlleva una ligera desviación del eje original de la vía pecuaria, y reporta una mejora considerable en la buena gestión de la explotación rural.

El trazado alternativo discurre por las lindes de las parcelas de la propiedad solicitante, y con ello se evita la fragmentación de la explotación, sin suponer perjuicio alguno a los usuarios de la vía pecuaria.

Los titulares de la propiedad de los terrenos para el trazado alternativo se comprometen a aportar los terrenos necesarios para llevar a cabo la modificación de trazado, quedando garantizada la integridad superficial, la continuidad y la idoneidad del nuevo trazado de la vía pecuaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía por el que se aprueba el Decreto 155/1998, de 21 de julio.

Tercero. Los trabajos materiales, previamente anunciados mediante los avisos y comunicaciones reglamentarias y publicado en los Boletín Oficial de la Provincia de Almería número 241, de fecha 16 de diciembre de 2014, se realizaron el día 4 de febrero de 2015.

Cuarto. Redactada la proposición de deslinde, desafectación y modificación parcial de trazado, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería número 73, de 17 de abril de 2015.

Quinto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 17 de diciembre de 2015, en el que se constata que el expediente administrativo se ha instruido de conformidad con el procedimiento legalmente establecido.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General de Ordenación del Territorio y Sostenibilidad Urbana la resolución del presente procedimiento de deslinde, desafectación y modificación parcial de trazado, en virtud de lo preceptuado en el Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y en los artículos 21.1 y 37.1 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo establecido en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria «Vereda de La Loma Blanca», ubicada en el término municipal de Los Gallardos, provincia de Almería, fue clasificada por Resolución de 24 de noviembre de 1993, de la Presidencia del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 11, de 29 de enero de 1994, con una anchura legal de 12 metros, siendo esta clasificación conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía «... el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria...», debiendo por tanto el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de clasificación.

Cuarto. Durante la instrucción del procedimiento no se han formulado alegaciones.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la clasificación aprobada, que el procedimiento acumulado de deslinde, desafectación y modificación parcial de trazado, se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.

Considerando que queda garantizada la continuidad, el tránsito ganadero y los demás usos complementarios y compatibles con aquél.

Vistos la propuesta favorable de deslinde, desafectación y modificación parcial de trazado, formulada por la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Almería, de 16 de julio de 2015, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, de 17 de diciembre de 2015,

RESUELVE

Primero. Aprobar el deslinde, desafectación y modificación parcial de trazado de la vía pecuaria denominada «Vereda de La Loma Blanca», elevada por la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Almería, tramo comprendido entre las parcelas 96 y 136 del polígono 8 del catastro de rústica, en el término municipal de Los Gallardos, provincia de Almería, en función de la descripción y a las coordenadas que a continuación se detallan:

Características del trazado original:

Longitud (m): 352,03.

Anchura Legal (m): 12.

Superficie (m²): 4.230,40.

Características del trazado resultante:

Longitud (m): 482,65.

Anchura (m): 12.

Superficie (m²): 5.735,00.

Segundo. La eficacia de la presente resolución, queda supeditada a la efectiva materialización de los trabajos de acondicionamiento necesarios del trazado alternativo, conforme a las directrices que se dicten a tal efecto, por la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Almería.

DESCRIPCIÓN CATASTRAL

Trazado original: Finca rústica, en el término municipal de Los Gallardos, provincia de Almería, de forma alargada con una anchura de 12 metros, la longitud de la vía pecuaria es de 352,03 metros, la superficie es de 4.230,40 m², que se conoce como «Vereda de La Loma Blanca», y cuyos linderos son:

Inicio: linda con la misma vía pecuaria Vereda de la Loma Blanca, en el t.m. Los Gallardos (Almería) y con las parcelas catastrales: (8/136), (8/90008), (8/99), y (8/96).

Margen derecha: linda con la parcela catastral (8/96).

Margen izquierda: linda con la parcela catastral (8/136).

Final: linda con la misma vía pecuaria Vereda de la Loma Blanca, en el t.m. Los Gallardos (Almería) y con las parcelas catastrales: (8/136), (8/90008) y (8/96).

Trazado resultante: Finca rústica, en el término municipal de Los Gallardos, provincia de Almería, de forma alargada con una anchura de 12 metros, la longitud de la vía pecuaria es de 482,65 metros, la superficie es de 5.735,00 m², que se conoce como «Vereda de La Loma Blanca», y cuyos linderos son:

Inicio: linda con la misma vía pecuaria Vereda de la Loma Blanca, en el t.m. Los Gallardos (Almería) y con las parcelas catastrales: (8/136), (8/90008), (8/99) y (8/96).

Margen derecha: linda de forma consecutiva con las parcelas catastrales (8/96), (8/99) y (8/96).

Margen izquierda: linda de forma consecutiva con las parcelas catastrales (8/136), (8/90008), (8/96), (8/90008) y (8/136).

Final: linda con la misma vía pecuaria Vereda de la Loma Blanca, en el t.m. Los Gallardos (Almería) y con las parcelas catastrales: (8/136), (8/90008) y (8/96).

LISTADO DE COORDENADAS U.T.M. REFERIDAS AL HUSO 30, EN EL SISTEMA DE REFERENCIA ETRS89, DEL TRAZADO ORIGINAL DE LA VÍA PECUARIA «VEREDA DE LA LOMA BLANCA», T.M. LOS GALLARDOS (ALMERÍA)

NÚMERO ESTAQUILLA X Y NÚMERO ESTAQUILLA X Y
(A)1I 597164,82 4113420,66 (A)1D 597174,17 4113413,14
(A)2I 597200,37 4113460,63 (A)2D 597208,82 4113452,10
(A)3I 597249,54 4113504,49 (A)3D 597258,89 4113496,75
(A)4I 597256,81 4113516,60 (A)4D 597268,30 4113512,42
(A)5I 597260,01 4113536,87 (A)5D 597271,77 4113534,38
(A)6I 597265,89 4113558,86 (A)6D 597277,37 4113555,35
(A)7I 597284,01 4113615,47 (A)7D 597295,56 4113611,59
(A)8I 597287,52 4113628,58 (A)8D 597299,45 4113626,76
(A)9I 597288,22 4113641,93 (A)9D 597300,23 4113641,94
(A)10I 597287,52 4113655,17 (A)10D 597299,45 4113656,85
(A)11I 597284,89 4113666,49 (A)11D 597296,15 4113671,08
(A)12I 597267,71 4113691,89 (A)12D 597279,26 4113696,43
(A)13I 597265,84 4113707,81 (A)13D 597278,17 4113705,70
(A)14I 597272,06 4113720,53 (A)14D 597284,50 4113718,64

LISTADO DE COORDENADAS U.T.M. REFERIDAS AL HUSO 30, EN EL SISTEMA DE REFERENCIA ETRS89, DEL TRAZADO RESULTANTE DE LA VÍA PECUARIA «VEREDA DE LA LOMA BLANCA», T.M. LOS GALLARDOS (ALMERÍA)

NUMERO ESTAQUILLA X Y NUMERO ESTAQUILLA X Y
(M)1I-1 597164,82 4113420,66 (M)1D 597174,17 4113413,14
(M)1I-2 597169,92 4113424,36
(M)1I-3 597176,02 4113425,00
(M)1I-4 597181,91 4113422,31
(M)2I 597200,83 4113398,86 (M)2D-1 597191,43 4113391,40
(M)2D-2 597196,86 4113387,53
(M)2D-3 597203,28 4113387,11
(M)2D-4 597209,03 4113390,1
(M)3I 597222,53 4113419,17 (M)3D 597231,84 4113411,45
(M)4I 597255,22 4113470,6 (M)4D 597264,85 4113463,37
(M)5I 597290,21 4113510,84 (M)5D 597298,06 4113501,58
(M)6I 597328,30 4113534,25 (M)6D 597336,05 4113524,93
(M)7I 597360,09 4113569,47 (M)7D 597372,23 4113565,02
(M)8I 597357,98 4113633,36 (M)8D 597369,83 4113638,07
(M)9I 597299,04 4113700,17 (M)9D 597305,93 4113710,23
(M)10I-1 597273,70 4113709,97 8M)10D 597284,50 4113718,64
(M)10I-2 597272,06 4113720,53

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, conforme a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la presente Resolución.

Sevilla, 18 de enero de 2016.- El Secretario General, Rafael Márquez Berral.

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