Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 11/10/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 31 de agosto de 2016, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de formación profesional «MEDAC», de Málaga. (PP. 2361/2016).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Miguel Reinoso Fernández-Caparrós, como administrador único de MEDAC, Escuela de Negocios del Mediterráneo, S.L., entidad titular del centro docente privado de formación profesional «MEDAC», con domicilio en C/ Malasaña, 4 y 6, de Málaga, por el que solicita modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta el mismo, por la autorización de un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural y dos ciclos formativos de formación profesional de grado superior de animación de actividades físicas y deportivas, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el citado centro, con código 29018467, tiene autorización para impartir cinco ciclos formativos de formación profesional de grado medio (tres de Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural y dos de cuidados auxiliares de enfermería) y ocho ciclos formativos de formación profesional de grado superior (seis de Animación de actividades físicas y deportivas y dos de Dietética).

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación de Málaga y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistas: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE de 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio (BOE de 30), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 2049/1995, de 22 de diciembre (BOE de 14 de febrero de 1996), por el que se establece el título de Técnico en Conducción de Actividades Físico-Deportivas en el Medio Natural y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 2048/1995, de 22 de diciembre (BOE de 9 de febrero de 1996), por el que se establece el título de formación profesional de Técnico superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA de 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada, al centro docente privado de formación profesional «MEDAC», código 29018467 y domicilio en C/ Malasaña, 4 y 6, de Málaga, cuyo titular es MEDAC, Escuela de Negocios del Mediterráneo, S.L., que, como consecuencia de ello, queda con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

Ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio.

Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural (uno impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 4.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Cuidados auxiliares de enfermería (impartidos en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior.

Animación de actividades físicas y deportivas (dos impartidos en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 8.

Grupos: 16.

Puestos escolares: 480.

Dietética (uno impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación de Málaga la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 31 de agosto de 2016

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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