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La Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, establece que, a lo largo del ejercicio 2016, únicamente se podrá proceder en las Universidades a la incorporación de nuevo personal con sujeción a las disponibilidades presupuestarias del Capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, y fija la tasa de reposición en un máximo del 100%.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.Uno.4 de la citada Ley 48/2015, de 29 de octubre, el cálculo de la tasa de reposición de efectivos, en función del número de Personal de Administración y Servicios fijos que durante el año 2015 han dejado de prestar servicios en esta Universidad, asciende a cuatro, no computando dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos aquellas plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna.
Por ello, y de conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el artículo 20 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el 2016, en el artículo 13.1 de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad autónoma de Andalucía para el año 2016, así como en los Estatutos de la Universidad de Huelva, este Rectorado resuelve:
Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva para el año 2016, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 27 de septiembre de 2016, y que se acompaña como Anexo.
Segundo. Esta Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito de Administración y Servicios con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existente, dentro del contexto global de restricción presupuestaria que afecta a todas las Administraciones Públicas
Tercero. Las convocatorias de las plazas derivadas de esta oferta se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín de la Junta de Andalucía para garantizar la publicidad exigida en el artículo 62.1 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y se ejecutarán dentro del plazo máximo previsto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante este Rectorado (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Huelva, 10 de octubre de 2016.- El Rector, Francisco Ruiz Muñoz.
ANEXO
PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS FUNCIONARIO (TURNO LIBRE)
Escala | Grupo /Subgrupo | Núm. de plazas |
Técnica de Administración Universitaria | A/A1 | 2 |
PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS LABORAL (TURNO LIBRE)
Categoría Profesional | Grupo | Núm. de plazas |
Titulado de Grado Medio | II | 2 |