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Esta Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Córdoba ha acordado publicar la Resolución de la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua de 4 de octubre de 2016, por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de Agrupación de vertidos y EDAR de Villanueva del Duque-Alcaracejos. Clave A5.314.1047/2111); y publicar asimismo la relación definitiva de bienes y derechos del mencionado proyecto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21.2 de la Ley de 17 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa (LEF). La aprobación definitiva de dicha relación conlleva la declaración de utilidad pública e interés social de lasobras, así como la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos incluidos en la misma y determina el inicio del procedimiento de expropiación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la mencionada Ley.
1. «RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y EXPLOTACIÓN DEL AGUA POR LA QUE SE APRUEBA EL EXPEDIENTE DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y EL PROYECTO DE AGRUPACIÓN DE VERTIDOS Y EDAR DE VILLANUEVA DEL DUQUE-ALCARACEJOS. CLAVE. A5.314.1047/2111).»
ANTECEDENTES
Los trabajos del proyecto referenciado en el epígrafe, se dieron por finalizados en diciembre de 2014, siendo su autor don Carlos García de los Santos.
Con fecha 5 de marzo de 2015, se emite informe favorable de supervisión de proyecto, tanto del proyecto de agrupación de vertidos como del proyecto básico de la EDAR.
Con fecha 6 de marzo de 2015, por resolución de la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua, se aprueba provisionalmente, para su sometimiento al trámite de información pública, necesario tanto para general conocimiento como en el ámbito de los procedimientos previstos en la ley de expropiación forzosa, la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, de afección a vías pecuarias, y de afección al dominio público hidráulico, el Proyecto correspondiente a la actuación agrupación de vertidos y proyecto básico de la EDAR de Villanueva del Duque-Alcaracejos con un presupuesto de 2.606.820,64 € la EDAR y de 2.475.158.46 la agrupación de vertidos.
Con fecha 1 de junio de 2016, el secretario del Ayuntamiento de Villanueva del Duque, emite notificación en relación con el pleno del Ayuntamiento, de fecha 30 de mayo de 2016, en el que entre otros asuntos se acordó Resolución de Calificación Ambiental Favorable para el proyecto anteriormente citado.
Con fecha 14 de junio de 2016, el Gerente Provincial de Agua de la Delegación Territorial de Córdoba emite informe del cumplimiento del procedimiento de información.
No se han recibido alegaciones.
Con fecha 14 de junio de 2016, el Delegado Territorial de Córdoba de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio solicita la aprobación definitiva del proyecto de Agrupación de Vertidos y Proyecto Básico de la EDAR de Villanueva del Duque-Alcaracejos (Córdoba).
Examinada la propuesta, de 25 de agosto de 2016, de la Subdirección de Recursos Hídricos y Planificación Hidrológica, de aprobación del expediente de Información Pública y aprobación definitiva del proyecto referenciado, y de acuerdo con el artículo 13 del Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio:
HE RESUELTO
1.º Aprobar el expediente de Información Pública, una vez cumplidos los requisitos preceptuados en la legislación vigente.
2.º Aprobar definitivamente el proyecto de agrupación de vertidos y proyecto básico de la EDAR de Villanueva del Duque-Alcaracejos, por un presupuesto de Ejecución Material 2.606.820,64 € (base de licitación 3.753.561,04 ) y plazo de ejecución de 18 meses la EDAR y de 2.475.158.46 (base de licitación 3.563.980,67 ) con un plazo de ejecución de 6 meses, la agrupación de vertidos. Clave. A5.314.1047/2111.
3.º Se dé traslado de lo aprobado a la Secretaría General Técnica, y a la Delegación Territorial de Córdoba.
4.º Ordenar a la Delegación Territorial de Córdoba, que a la mayor brevedad posible, remita a este centro directivo el Acta de Replanteo Previo y el Certificado de Disponibilidad de los Terrenos.
Contra la presente Resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Directora General de Infraestructuras y Explotación del Agua, en el plazo de un mes o interponer, en el plazo de dos meses contados ambos, a partir del siguiente al de su notificación, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 4.10.2016. La Directora General de Infraestructuras y Explotación del Agua, Inmaculada Cuenca Fernández.
Córdoba, 21 de octubre de 2016.- El Delegado, Francisco de Paula Algar Torres.
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