Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 207 de 27/10/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 4 de octubre de 2016, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 139/2016.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 139/2016. Negociado: C3.

NIG: 2906744S20150012881.

De: Edwin Urrutia Cervera y Francisco Monreal Carretero.

Abogado: Juan Luis Olalla Gajete.

Contra: UTE Incomar Blue, S.L. y Explotaciones y Desarrollo Deportivos, S.L.; Explotaciones y Desarrollo de Servicios Deportivos, S.L., e Incomar Blue, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 139/2016 a instancia Edwin Urrutia Cervera y Francisco Monreal Carretero contra UTE Incomar Blue, S.L. y Explotaciones y Desarrollo Deportivos, S.L.; Explotaciones y Desarrollo de Servicios Deportivos, S.L., e Incomar Blue, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se han Auto y Decreto, ambos de 4.10.2016, cuyas partes dispositivas son:

PARTE DISPOSITIVA

S.S.ª. Ilma. dijo: Procede y así por este auto se dicta orden general de ejecución, así como despachar la misma en los siguiente términos:

1. A favor de Edwin Urrutia Cervera y Francisco Monreal Carretero contra UTE Incomar Blue, S.L. y Explotaciones y Desarrollo Deportivos, S.L.; Explotaciones y Desarrollo de Servicios Deportivos, S.L., e Incomar Blue, S.L.

2. La ejecución despachada contra las tres citadas ejecutadas lo es en forma solidaria.

3. El principal de la ejecución es por 6.766,69 €, más la cantidad de 1.082,66 presupuestada para intereses y costas, lo que hace un total de 7.849,35 .

Siendo los importes desglosados por cada actor:

A favor de Francisco Monreal Carretero un principal de 4.540,47 €, más 726,47 presupuestados para intereses y costas, lo que suma 5.266,94

Y a favor de Edwin Urrutia Cervera un principal de 2.226,22 €, más 356,19 presupuestados para intereses y costas, lo que suma 2,582,41 .

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso deberá antes acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 €, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado en el Banco Santander núm. 2955000064013916, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Reposición, de conformidad con la disposición adicional 15.ª de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Si el ingreso se efectuare por transferencia se hará en la cuenta del Santander es 0049 3569 92 0005001274, debiendo indicar el beneficiario Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, y en Observaciones se consignarán los 16 dígitos de la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos dígitos (separados por un espacio) el código .

Así por este Auto, lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. don Gonzalo Alonso Sierra, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga. Doy fe.

El Magistrado/Juez. El Letrado de la Administración de Justicia.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 6.766,69 euros en concepto de principal, más la de 1.082,66 euros calculados para intereses y gastos y, dese audiencia a la actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo, advirtiéndoles que transcurrido dicho plazo sin manifestación alguna, se procederá, en su caso, a dictar el correspondiente Decreto de insolvencia provisional de la firma ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de revisión ante este Juzgado, pese a lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá antes acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 €, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en el Banco Santander núm. 2955000064013916, utilizando para ello el modelo oficial e indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Revisión, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional 15.ª de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia se hará en la cuenta del Santander 0049 3569 92 0005001274, se indicará el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos dígitos (separados por un espacio) el código 30 y Social-Revisión.

El/La Letrado de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación a las demandadas, UTE Incomar Blue, S.L. y Explotaciones y Desarrollo Deportivos, S.L.; Explotaciones y Desarrollo de Servicios Deportivos, S.L. e Incomar Blue, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficlal de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a cuatro de octubre de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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