Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 209 de 31/10/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Violencia sobre la Mujer

Edicto de 19 de octubre de 2016, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Dos de Sevilla, dimanante de autos núm. 20/2016.

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Número de Identificación General: 4109142C20160003894.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 20/2016.

Negociado: C.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Dos de Sevilla.

Juicio: Familia. Divorcio Contencioso 20/2016.

Parte demandante: Fatima Dahmani.

Parte demandada: Mustapha Chtioui Boukuifra.

En el juicio referenciado se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 48/2016

En Sevilla, a 19 de octubre de 2016.

Vistos por Francisco Manuel Gutiérrez Romero, Magistrado Titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número Dos de Sevilla y su partido judicial, los presentes autos de juicio verbal sobre divorcio, seguidos ante este Juzgado bajo el número 20 del año 2016, a instancia de doña Fatima Dahmani, representada por el Procurador don José Ignacio Alés Sioli y asistida por la Letrada doña María José Pérez Andrades contra don Mustapha Chtioni Bouruifra, citado por edictos, no habiendo intervenido el Ministerio Fiscal.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don José Ignacio Alés Sioli, en nombre y representación de doña Fatima Dahmani, contra don Mustapha Chtioni Boukuifra, debo decretar y decreto la disolución por divorcio del matrimonio por ellos contraído con fecha 25 de febrero de 2011, con todas sus consecuencias legales, entre las que se incluye la disolución del régimen económico matrimonial. Todo sin que proceda especial imposición de costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Comuníquese la presente resolución al Registro Civil de Mairena del Alcor (Sevilla) para su anotación.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Fdo.: Don Francisco Manuel Gutiérrez Romero.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, don Mustapha Chtioui Boukuifra, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la L.E. Civil, se ha acordado la publicación del presente Edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.

En Sevilla, a diecinueve de octubre de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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