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Esta Delegación Territorial, en el ejercicio de la delegación de competencias atribuidas por la Orden de 15 de enero de 2014, y en uso de la competencia establecida en el artículo 15 de la Orden de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones dirigidas a entidades públicas, asociaciones del alumnado, y de madres y padres del alumnado, y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el curso 2011/2012, y en el transcurso de la tramitación de la convocatoria para el desarrollo de Programas dirigidos a la Mediación Intercultural durante el curso 2016/2017, realizada mediante Resolución de 24 de mayo 2016, de la Dirección General de Participación y Equidad (BOJA núm. 110, de 10 de junio de 2016), valorados los proyectos y emitida su Propuesta por la Comisión Evaluadora Provincial, a quien compete,
ACUERDA
Primero. Resolver la convocatoria que para el curso escolar 2016/2017 realiza la Resolución de 24 de mayo de 2016 (BOJA núm. 110, de 10 de junio de 2016), de concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de o pro inmigrantes para el desarrollo de Programas dirigidos a la Mediación Intercultural durante el curso 2016/2017, otorgando la subvenciones a las entidades sin fines de lucro de o pro inmigrantes que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución.
Segundo. Desestimar las restantes solicitudes de las Entidades sin ánimo de lucro de o pro inmigrantes que han participado en la convocatoria por los motivos que se especifican en el Anexo II de esta Resolución.
Tercero. Disponer el plazo de ejecución de las actividades subvencionadas, que se extenderá desde la publicación de esta Resolución hasta la finalización del curso académico 2016/2017 y, así mismo el plazo de justificación de las ayudas recibidas, que comprende desde la finalización del proyecto de actividades hasta el 31 de agosto de 2017, debiendo presentar una cuenta justificativa del cumplimiento de la actividad, ante esta Delegación Territorial, acompañada de la documentación prescriptiva que señala el artículo 27 de la referida Orden de 15 de abril de 2011.
Cuarto. El pago de las subvenciones se realizará en un solo pago anticipado por el total de la cuantía concedida, mediante transferencia bancaria a las cuentas designadas por las Entidades beneficiarias de estas ayudas y cuyo importe total de trece mil euros (13.000,00 €) ha sido el otorgado a la provincia de Granada, con denominación en el sistema-programa GIRO: 1100010000 G/42F/48708/ 18 – 01.
Quinto. La presente Resolución pone fin al procedimiento y agota la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo en la forma y en los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio (BOE núm. 167, de 14 de julio de 1998), reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Granada, 24 de octubre de 2016.- El Delegado, Germán González Pérez.
Anexo I
ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE O PRO INMIGRANTES BENEFICIARIAS PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DIRIGIDOS A LA MEDIACIÓN INTERCULTURAL DURANTE EL CURSO 2016/2017
ENTIDAD LOCAL SOLICITANTE | CIF | PRESUPUESTO REFORMULADO | SUBVENCIÓN CONCEDIDA | PORCENTAJE FINANCIACIÓN | PAGO |
ASOCIACIÓN COOPERACIÓN Y DESARROLLO CON EL NORTE DE ÁFRICA - CODENAF | G18438457 | 6.500,00€ | 6.500,00€ | 100,00 % | Único |
ASOCIACIÓN MARROQUÍ PARA LA INTEGRACIÓN DE LOS INMIGRANTES | G92623560 | 3.500,00€ | 3.500,00€ | 100,00 % | Único |
OBRA SOCIAL SAN VICENTE DE PAÚL | R1800117B | 3.000,00€ | 3.000,00€ | 100,00 % | Único |
Total | 13.000,00€ |
Anexo II
ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE O PRO INMIGRANTES EXCLUIDAS PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DIRIGIDOS A LA MEDIACIÓN INTERCULTURAL DURANTE EL CURSO 2016/2017
ENTIDAD LOCAL SOLICITANTE |
CAUSA DE EXCLUSIÓN |
FUNDAMENTO JURÍDICO |
FUNDACIÓN PROYECTO DON BOSCO | Crédito agotado |
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011. Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 24 de mayo de 2016. |
FAKALI, MUJERES GITANAS DE ANDALUCÍA | Crédito agotado |
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011. Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 24 de mayo de 2016. |
ASOCIACIÓN MOSAYCO MEDITERRÁNEO | Crédito agotado |
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011. Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 24 de mayo de 2016. |