Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 217 de 11/11/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 25 de octubre de 2016, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las corporaciones locales, por la que se autorizan las tarifas de transporte urbano colectivo del municipio de El Puerto de Santa María. (PP. 2629/2016).

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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 12.3 del Decreto 206/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y el artículo 43 la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, declarado aplicable por la disposición transitoria tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

RESUELVO

Primero. Autorizar las tarifas de transporte urbano colectivo aprobadas por el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María que a continuación se relacionan, disponiendo su entrada en vigor el día 8 de octubre de 2016.

Tarifas Autorizadas:

Concepto Importe euros, IVA incluido

Billete ordinario 1,20 euros

Bono tarjeta ordinario (10 viajes) 5,00 euros

Bono tarjeta jóvenes y pensionistas (10 viajes) 5,00 euros

Bono tarjeta ordinario (30 días) 27,63 euros

Bono tarjeta jóvenes y pensionistas (30 días) 18,40 euros

Bono tarjeta ordinario familia numerosa (10 viajes) 3,65 euros

Bono tarjeta ordinario familia numerosa (30 días) 15,26 euros

Bono dorado gratuito

Tarifa para pensionistas que no lleguen al salario mínimo interprofesional gratuito

Segundo. Que se dé traslado a los interesados y se ordene su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con expresa mención del deber de informar expresamente por los profesionales del sector a los usuarios del servicio de estas tarifas hasta tanto no se publiquen en el citado BOJA.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de Hacienda de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122, en relación con el apartado c) de la disposición transitoria tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de octubre de 2016.- La Directora General, Ana María Campos Montero.

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