Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 217 de 11/11/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 20 de mayo de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Málaga, dimanante de autos núm. 659/2015. (PP. 1432/2016).

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NIG: 2906742C20150014568.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 659/2015. Negociado: 9.

De: Toyota Kreditbank GMBH Sucursal en España.

Procurador: Sr. José Domingo Corpas.

Letrado: Juan José García García.

Contra: Miguel Pérez Núñez.

EDICTO

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 659/2015 seguido en el Juzg. de Primera Instancia núm. Ocho de Málaga, a instancia de Toyota Kreditbank GMBH Sucursal en España, representado por el Procurador José Domingo Corpas contra Miguel Pérez Núñez con DNI núm. 44580973-G, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 13/16

En la ciudad de Málaga, a dos de febrero de dos mil dieciséis.

Vistos por doña Isabel María Alvaz Menjíbar, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Málaga, los autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado con el número 659/15 a instancia de Toyota Kredibank GMBH Sucursal en España representada por el Procurador don José Domingo Corpas y defendida por el Letrado don Juan José García García contra don Miguel Pérez Núñez (DNI A-79412771) declarado en rebeldía.

En reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por el Procurador don José Domingo Corpas en nombre y representación de Toyota Kreditbank GMBH Sucursal España frente a don Miguel Pérez Núñez (dni A-79412771), debo condenar y condeno del demandado a que abone a la entidad actora la cantidad de 11.871,52 euros.

Dicha cantidad devengará el interés moratorio de 8,45% desde la fecha de la liquidación de la deuda hasta su pago.

Imponiendo las costas al demandado.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 de la LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación (artículo 458 de la LEC).

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado, número 2959, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.ª de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Asi por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, Miguel Pérez Nuñez, extiendo y firmo la presente en Málaga, a veinte de mayo de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).

En Málaga, a veinte de mayo de dos mil dieciséis.

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