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ANTECEDENTES
Primero. Mediante Orden de 31 de marzo de 2016 se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbanística de Los Barrios (Cádiz), referida a la ordenación pormenorizada del API núm. 14 «El Fresno», de conformidad con el artículo 33.2.b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía a reserva de la simple subsanación de una serie de deficiencias. Dicha Orden se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 66, de 8 de abril de 2016.
Así mismo, la mencionada Orden dispuso que correspondía a la Dirección General de Urbanismo la verificación de la subsanación de las simples deficiencias de la citada Modificación, con carácter previo a su registro y publicación.
Segundo. El 22 de agosto de 2016 tuvo entrada en el Registro General de esta Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio escrito del Ayuntamiento de Los Barrios (Cádiz), en el que se comunica que por el Pleno de dicho Ayuntamiento, en sesión ordinaria, celebrada el 8 de agosto de 2016, se toma conocimiento del «Documento de Cumplimiento Según Orden Relativa a la Aprobación Definitiva de Fecha 31.3.2016».
Tercero. Con fecha 16 de septiembre de 2016, la Dirección General de Urbanismo dicta Resolución por la que se declaran cumplimentadas las deficiencias señaladas en la citada Orden de 31 de marzo de 2016 relativa a la aprobación definitiva de la Modificación de referencia.
Cuarto. Posteriormente, el 28 de septiembre de 2016 se ha procedido a la inscripción en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados de Los Barrios (Cádiz) con el número «2/2016» la Modificación de referencia.
Quinto. Mediante Resolución de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Cádiz, de 26 de octubre de 2016 y con el número de Registro 7072, se ha procedido a la inscripción y depósito de la Modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbanística de Los Barrios (Cádiz) referida a la ordenación pormenorizada del API núm. 14 «El Fresno» en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La persona titular de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio resolvió la aprobación definitiva de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbanística de Los Barrios (Cádiz), referida a la ordenación pormenorizada del API núm. 14 «El Fresno», en virtud de las competencias atribuidas a esta Consejería por el artículo 13 del Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y el artículo 1 del Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.4.b) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en virtud del artículo 31.2.B.b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, dado que se trata de un instrumento de planeamiento que por su objeto, naturaleza y entidad tiene incidencia e interés supramunicipal, previo informe de la Dirección General de Urbanismo conforme a lo recogido en el artículo 6.1 del mencionado Decreto.
Segundo. El artículo 41.1 de la referida Ley 7/2002, de 17 de diciembre, establece que los acuerdos de aprobación definitiva de los instrumentos de planeamiento que correspondan a la Administración de la Comunidad Autónoma, así como el contenido del articulado de sus normas, se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía por disposición del órgano que los adoptó. El depósito de los instrumentos de planeamiento y sus innovaciones será condición legal para su publicación, según el artículo 40.3 de la misma Ley.
Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 41.2 de la citada Ley 7/2002, de 17 de diciembre, la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía llevará la indicación de haberse procedido previamente al depósito en el registro del Ayuntamiento y, en su caso, de la Consejería competente en materia de urbanismo, en relación con el artículo 21.1 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los Registros administrativos de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, y se crea el Registro Autonómico.
En virtud de todo ello, en el ejercicio de las competencias atribuidas y tras la verificación de la subsanación de deficiencias por la Dirección General de Urbanismo, por Resolución de 16 de septiembre de 2016,
DISPONGO
Primero. Publicar la Normativa Urbanística de la mencionada modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbanística de Los Barrios (Cádiz) referida a la ordenación pormenorizada del API núm. 14 «El Fresno», que se acompaña como Anexo, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para general conocimiento y tras la inscripción y depósito del instrumento de planeamiento en el Registro autonómico de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1 y 2 de la citada Ley 7/2002, de 17 de diciembre.
Segundo. Esta Orden se notificará al Ayuntamiento de Los Barrios (Cádiz) y se comunicará al Consejo Consultivo de Andalucía.
Contra la presente Orden, por su naturaleza de disposición administrativa de carácter general, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación o, en su caso, notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y con cumplimiento de los requisitos previstos en la misma; así como en el artículo 20 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.
Sevilla, 10 de noviembre de 2016
JOSÉ GREGORIO FISCAL LÓPEZ | |
Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio |
ANEXO
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