Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 17/11/2016

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 10 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se adjudica destino definitivo a los aspirantes integrantes de la relación complementaria, de conformidad con lo dispuesto en la base séptima, apartado 4, de la Resolución de 16 de febrero de 2016, por la que se convoca proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes a categorías profesionales del Grupo V del personal laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía mediante concurso de promoción.

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Vista la relación complementaria confeccionada por la Comisión de Selección del proceso selectivo para la cobertura de vacantes mediante concurso de promoción en las categorías profesionales del Grupo V, convocada por Resolución de 16 de febrero de 2016 (BOJA núm. 36, de 23 de febrero), y en atención a las peticiones de destino formuladas por sus integrantes, verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, procede la promoción profesional del personal que figura en la citada propuesta.

En su virtud, esta Dirección General, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 5.3 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, y el artículo 16.1.c) del Decreto 206/2015, de 14 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

RESUELVE

Primero. Hacer públicos los destinos con adscripción definitiva a los trabajadores/as que integrantes del listado complementario confeccionado por la Comisión de Selección resultan adjudicatarios en atención a la puntuación obtenida y a las peticiones formuladas, que figura como Anexo I de la presente Resolución.

Segundo. Los destinos obtenidos mediante el presente concurso de promoción serán irrenunciables. Así mismo, dado el carácter voluntario del concurso, los traslados que impliquen cambio de residencia no darán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

Tercero. Los efectos, tanto administrativos como económicos, de los nuevos destinos se computarán en todo caso desde el día 1 de diciembre de 2016.

Cuarto. Los aspirantes seleccionados comparecerán ante la unidad de personal correspondiente del órgano donde hubiesen obtenido destino el día 1 de diciembre de 2016, a fin de incorporarse al nuevo puesto de trabajo para el que han sido seleccionados.

El/la trabajador/a no adquirirá la categoría profesional para la que ha concursado hasta que se inicie la efectiva prestación de servicios en el puesto adjudicado en el presente concurso y supere el periodo de prueba de un mes, de conformidad con lo establecido en el art. 19 del Convenio Colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía.

Quinto. De conformidad con lo establecido en la Base Tercera de la Resolución de 16 de febrero de 2016, según el cual al referirse al Anexo 4 se determina que «En el supuesto de que no se consignasen puestos en número suficiente para alcanzar la adjudicación según puntuación obtenida en el proceso, se entenderá que desiste del mismo», se declara la anulación de todas la actuaciones y el archivo de las mismas en relación con los aspirantes que se detallan en el Anexo II.

Contra la presente Resolución podrá interponerse reclamación previa a la vía laboral en el plazo de veinte días hábiles, a partir del día siguiente al de su publicación.

Sevilla, 10 de noviembre de 2016.- La Directora General, Concepción Becerra Bermejo.

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