Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 23/11/2016

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 14 de noviembre de 2016, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir, por turno libre y sistema de concurso-oposición, una plaza de Titulado Grado Medio de Apoyo a la Docencia e Investigación en Laboratorio Tipo A, con destino en el Campus de Puerto Real, mediante contrato temporal de relevo.

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En uso de las atribuciones que me confieren la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, y publicados en el BOJA de 28 de octubre de 2003, conforme a lo establecido en el artículo 73.3 de la citada ley orgánica de universidades, y de acuerdo con las bases de la convocatoria aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, de 28 de septiembre de 2016, BOUCA 217, de 11 de octubre de 2016.

RESUELVO

Convocar una plaza de Titulado Grado Medio de Apoyo a la Docencia e Investigación en Laboratorio Tipo A, con destino en el Campus de Puerto Real, por turno libre y sistema de concurso-oposición mediante contrato temporal de relevo, con sujeción a las bases que se acompañan como Anexo I.

Cádiz, 14 de noviembre de 2016.- El Rector, por delegación de firma (Resolución UCA/R16REC/2015, de 20 de abril, BOUCA del 30), el Gerente, Alberto Tejero Navarro.

ANEXO I

Bases de la convocatoria

1. Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir, por el sistema de turno libre la plaza de personal laboral de administración y servicios mediante contrato temporal de relevo relacionada en el Anexo II.

1.2. El presente proceso selectivo se regirá por las bases de esta convocatoria, las cuales se acogerán a lo establecido en el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 23 de febrero de 2004).

1.3. El contrato a realizar en esta plaza será de los denominados de relevo y de duración determinada por el tiempo que falte el trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12.7 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el artículo 166 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. La celebración del citado contrato estará condicionada a que se lleve a cabo la jubilación parcial solicitada.

1.4. De acuerdo con el artículo 12.7.a) del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el contrato de relevo se celebrará con un trabajador en situación de desempleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada.

1.5. Este contrato se extinguirá, en todo caso, cuando se produzca la jubilación total del trabajador relevado.

1.6. El proceso selectivo constará de dos fases: fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias especificadas en la base séptima, octava y novena.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

Los extranjeros residentes en España podrán acceder en igualdad de condiciones que los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.

2.1.2. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.1.3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.1.4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

2.1.5. Poseer la titulación exigida para la plaza ofertada, que es la especificada en la base tercera. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión que acredite su homologación.

2.1.6. Antes de la firma del contrato, el trabajador deberá encontrarse en situación de desempleo o tener concertado con la empresa un contrato de duración determinada, de acuerdo con el artículo 12.7.a) del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

2.2. Todos los requisitos, excepto el recogido en el apartado 2.1.6, deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Titulación requerida.

3.1. Los candidatos deberán estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de presentación de solicitudes los títulos que se especifican a continuación:

Título de Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Titulación equivalente reconocida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

4. Solicitudes.

4.1. Modelo: Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en instancia, según modelo que se acompaña como Anexo III de esta convocatoria, que será facilitada gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, así como en la página web del Área de Personal en la siguiente dirección: http://www.uca.es/personal/conovocatorias/pas.

4.2. Documentación: Los interesados deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia de la titulación académica.

c) Para la valoración de los candidatos de la fase de concurso, éstos deberán adjuntar a la solicitud la relación de méritos alegados, así como la documentación acreditativa de los mismos. Aquellos aspirantes que presten o hayan prestado servicios como personal de la Universidad de Cádiz sólo tendrán que alegar los méritos, no siendo necesario adjuntar la documentación justificativa, excepto que la misma no conste en el expediente del Área de Personal.

4.3. No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo máximo de presentación de solicitudes.

4.4. Recepción: La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Cádiz (calle Ancha, 16, 11001, Cádiz), así como en las oficinas de los Registros Auxiliares de los Campus de Puerto Real (edificio junto a F. CC. Educación), Jerez de la Frontera (edificio de Servicios Generales), bahía de Algeciras (Administración Campus de Algeciras-E. Politécnica Superior, 1.ª planta) y Cádiz (Edificio Hospital Real, calle Benito Pérez Galdós, s/n), de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento UCA/CG01/2007, de 20 de diciembre de 2006, o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También se podrá presentar la solicitud a través del procedimiento telemático establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la Oficina Virtual https://oficinavirtual.uca.es/oficinaVirtual/jsp/index.jsf.

4.5. Plazo: El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4.6. Subsanación de errores: Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

5. Admisión de aspirantes.

5.1. Relación provisional: Expirado el plazo de presentación de instancias y en el plazo máximo de diez días, se hará pública, en el tablón de anuncios del Rectorado, así como en la dirección de Internet ya citada, relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, dándose un plazo de diez días desde el siguiente a dicha publicación para subsanar, en su caso, los errores que hayan motivado la exclusión.

5.2. Relación definitiva: Pasado el plazo de subsanación de errores, se hará pública, del mismo modo arriba señalado, la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, comunicándose tal contingencia a los excluidos definitivos por correo ordinario, los cuales podrán interponer al respecto recurso de reposición ante el Sr. Rector Mgfco., en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la recepción de la notificación.

6. Tribunal calificador.

6.1 Composición: De acuerdo con lo establecido en el vigente Convenio colectivo, el Tribunal calificador de este proceso selectivo estará compuesto por:

a) El Gerente, por delegación del Rector, que actuará como Presidente. En caso de imposibilidad de actuación, el Presidente será nombrado por el Rector a propuesta del Gerente.

b) Dos miembros en representación de la Universidad, nombrados por el Rector.

c) Dos miembros a propuesta del Comité de Empresa, nombrados por el Rector.

d) Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, un miembro del Servicio de Personal, nombrado por el Rector a propuesta del Gerente.

En el momento de la publicación de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se hará pública, en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página web del Área de Personal, antes citada, la composición exacta del Tribunal calificador.

6.2 Abstención y recusación: Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Cádiz, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a tales categorías en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, cuando concurra alguna de dichas circunstancias.

6.3. Asesores: La Universidad, a propuesta del Tribunal, podrá designar asesores especiales, que se limitarán a informar de las pruebas y méritos relativos a su especialidad.

6.4. Desarrollo de los ejercicios: El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, en aquellos ejercicios que sean escritos.

6.5. Información a los participantes: A efectos de comunicaciones y demás incidencias, así como de información, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, calle Ancha, número 10, 11001, Cádiz. Teléfono 956 015 039. Correo electrónico: planificacion.personal@uca.es.

7. Temario.

El temario correspondiente al puesto convocado figura como Anexo IV de la presente convocatoria.

8. Fase de concurso.

8.1. El Tribunal calificador valorará, de acuerdo con el baremo (puntuaciones) y las especificaciones que se adjuntan como Anexo V, los siguientes méritos de los candidatos:

a) Experiencia. A los efectos de esta valoración, sólo se tendrá en cuenta la experiencia acreditada mediante contrato laboral previsto en el Estatuto de los Trabajadores o en el correspondiente Convenio colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial.

b) Antigüedad. A los efectos de esta valoración, sólo se tendrá en cuenta la antigüedad acreditada mediante contrato laboral previsto en el Estatuto de los Trabajadores o en el correspondiente Convenio colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial.

c) Cursos de formación directamente relacionados con la plaza convocada.

8.2. El Tribunal calificador valorará exclusivamente aquellos méritos alegados por los candidatos. Los aspirantes deberán adjuntar acreditación fehaciente de los méritos alegados. No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de los mismos, así como de los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el Tribunal calificador o los órganos competentes de la Universidad puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.

8.3. El Tribunal Calificador hará público el listado de valoración en la fase de concurso en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página web del Área de Personal antes citada, en el plazo máximo de un mes a contar desde el fin del plazo de presentación de solicitudes. Contra este listado, habrá un plazo de diez días para reclamar desde el día siguiente a la publicación del mismo.

9. Fase de oposición.

9.1. La fase de oposición constará de dos ejercicios, teórico y práctico, basados en el contenido del temario, con una puntuación máxima de 10 puntos cada ejercicio.

9.2. Para aprobar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, será necesario obtener como mínimo 10 puntos en la misma, y no ser calificado con menos de 5 puntos en ninguno de los ejercicios realizados.

9.3. La fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición se hará pública en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página web del Área de Personal: http://www.uca.es/personal/convocatorias/pas. Así mismo, se comunicará mediante correo electrónico a los candidatos.

La/s fecha/s de celebración de los restantes ejercicios se harán públicas en la página web mencionada y en los tablones de anuncios correspondientes.

9.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

10. Calificaciones y lista de aprobados.

10.1. Finalizado cada uno de los ejercicios, el Tribunal hará público, en el lugar de celebración de los mismos, así como en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página web antes citada, la relación de calificaciones de los aspirantes.

Asimismo, finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará público en los lugares anteriormente reseñados, la resolución del proceso selectivo, indicando el aspirante que lo haya superado.

Contra dicha resolución, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector Mgfco., en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación.

10.2. La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios, teniendo en cuenta lo establecido en la base 9.2 de la presente convocatoria, más la obtenida en la fase de concurso.

10.3. El Tribunal podrá declarar la plaza desierta.

10.4. Como consecuencia del presente proceso selectivo, la Universidad de Cádiz creará una bolsa de trabajo, en los supuestos previstos y con los criterios de confección establecidos en el Anexo II del Acuerdo de 5 de abril de 2010, http://www.uca.es/personal/normativa-y-acuerdos.

11. Periodo de prueba.

Una vez superado el proceso selectivo, se procederá a formalizar por escrito el contrato de trabajo correspondiente, en el que se incluirá el período de prueba establecido en el artículo 22.5 del vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

12. Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la mencionada Ley.

ANEXO II

PLAZA CATEGORÍA GRUPO CAMPUS
L303331
Titulado de Grado Medio Apoyo
a la Docencia e Investigación Tipo A
II Puerto Real

1 La plaza a convocar corresponde a una jubilación parcial prevista para el año 2016, por lo que la cobertura de la misma será efectiva a partir de la fecha concreta de la jubilación parcial

ANEXO III

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN PARA PARTICIPAR EN PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR, POR TURNO LIBRE Y SISTEMA DE CONCURSO OPOSICIÓN, PLAZA DE TITULADO DE GRADO MEDIO APOYO A LA DOCENCIA E INVESTIGACION TIPO A, CON DESTINO EN PUERTO REAL, MEDIANTE CONTRATO TEMPORAL DE RELEVO

DNI 1.º APELLIDO 2.º APELLIDO NOMBRE
DOMICILIO CÓDIGO POSTAL
LOCALIDAD: PROVINCIA FECHA NACIMIENTO TELÉFONO CON PREFIJO
TELÉFONO MÓVIL (*)
TITULACIÓN DIRECCIÓN CORREO ELECTRÓNICO (*)

(*) Si desea que las notificaciones correspondientes a esta convocatoria se practiquen utilizando algún medio electrónico (SMS al teléfono móvil o correo electrónico), marque la casilla y señale el medio preferente (artículo 41.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas):

□ SMS Email

E X P O N E:

Que habiéndose convocado proceso selectivo para cubrir, por turno libre y sistema de concurso oposición, una plaza de Titulado de Grado Medio Apoyo a la docencia e Investigación Tipo A, con destino en el Campus de Puerto Real, mediante contrato temporal de relevo,

S O L I C I T A:

Sea admitida la presente solicitud para optar al citado proceso.

..................................., a ...... de ............................................. de .....................

.................................................

(Firma)

SR. GERENTE DE LA UNIVERSIDAD

ANEXO IV

TITULADO DE GRADO MEDIO APOYO A LA DOCENCIA E INVESTIGACIÓN TIPO A

1. La Administración participativa. La administración por objetivos: dirección por objetivos y programación de proyectos. Administración para la calidad. Los círculos de calidad. Otros instrumentos de mejora de la calidad.

2. El factor humano en la organización. El grupo en la organización: Comunicación y comportamiento grupal. El trabajo en equipo. La motivación.

3. Definición y análisis de problemas. El proceso de toma de decisiones. Los conflictos en las organizaciones. La negociación. El cambio organizacional. La resistencia al cambio.

4. Los servicios de información administrativa. Información general y particular al ciudadano. Reclamaciones, quejas y peticiones. La comunicación interna en las organizaciones.

5. El nuevo Espacio Europeo de Educación Superior, implicaciones en los nuevos planes de estudios.

6. Naturaleza, funciones, principios y fines de la Universidad de Cádiz. La Administración Universitaria y los Servicios.

7. El reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz. Código Ético de la Universidad de Cádiz (Código Peñalver).

8. II Plan Estratégico de la Universidad de Cádiz: ámbito y objetivos estratégicos.

9. Prevención de Riesgos y Salud Laboral en el Laboratorio.

10. Aislamiento de proteínas. Estrategia general para la purificación de las proteínas. Solubilidad de las proteínas.

11. Métodos electroforéticos en proteínas. Electroforesis sobre geles de poliacrilamida. Isoelectroenfoque. Electroforesis bidimensional.

12. Métodos cromatográficos. Cromatografía de filtración por gel. Cromatografía de intercambio iónico. Cromatografía de afinidad.

13. Técnicas de biología celular basadas en la utilización de anticuerpos para la detección de proteínas. Inmunofluorescencia indirecta. Microscopía confocal. Citometría de flujo.

14. Técnicas bioquímicas basadas en la utilización de anticuerpos para la detección de proteínas. Elisa. Western-blot. Inmunoprecipitación.

15. Aislamiento, análisis y manipulación de ácidos nucleicos. Purificación de DNA y RNA. Enzimas de restricción. Clonaje en vectores de propagación y expresión. Electroforesis de ácidos nucleicos.

16. Amplificación del DNA. Principios generales y aplicación de la reacción en cadena de la polimerasa (PCR).

17.Secuenciación del DNA. Método de Sanger. Secuenciación cíclica automática.

18. Hibridación de ácidos nucleicos. Detección de ácidos nucleicos mediante hibidación: Southern blot. Nothern blot. Hibridación in situ. Análisis de expresión diferencial de genes: microarrays.

19. Cultivos de células eucariotas. El medio de cultivo. Asepsia. Cultivos primarios y líneas celulares. Mantenimiento y subcultivos de líneas celulares. Crioconservación de células. El laboratorio de cultivo celular.

20. Clonación, enzimas de restricción y modificación molecular. Transformación y tranfección. Ensayos funcionales en bacterias, levaduras y células en cultivo. Preparación de medios de crecimiento, mantenimiento, criopreservación y selección.

ANEXO V

BAREMO GENERAL PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DEL PERSONAL LABORAL

El sistema de provisión será el de concurso-oposición.

A) Fase de concurso.

1. Experiencia profesional.

a) Se valorará la prestación de servicios en el desempeño de funciones propias del correspondiente puesto de trabajo, según lo establecido en la RPT y dentro del área funcional de la plaza convocada, conforme a los criterios específicos que establezca el Tribunal.

A los efectos de esta valoración, sólo se tendrá en cuenta la experiencia acreditada mediante contrato laboral previsto en el estatuto de los Trabajadores o en el correspondiente convenio colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial.

b) El período máximo que se podrá valorar será de diez años inmediatamente anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

d) La puntuación máxima de este apartado será de 4,31 puntos.

2. Antigüedad.

a) Por haber prestado servicios en cualquier Administración Pública: 0,377 puntos por año de servicio o fracción superior a seis meses.

b) A los efectos de esta valoración, sólo se tendrá en cuenta la antigüedad acreditada mediante contrato laboral previsto en el estatuto de los Trabajadores o en el correspondiente convenio colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial.

c) la puntuación máxima de este apartado será de 3,77 puntos.

3. Formación.

a) Sólo se valorarán los cursos de formación organizados por organismo oficial de formación, que estén directamente relacionados con la plaza convocada y hayan sido realizados en los últimos diez años, y con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b) No se valorarán las instrucciones de servicio.

c) Por haber realizado cursos de formación de menos de quince horas de duración, en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,162 puntos por curso.

d) Por haber realizado cursos de formación de menos de quince horas de duración, en los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,269 puntos por curso.

e) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a quince horas, en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,323 puntos por curso.

f) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a quince horas, en los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,538 puntos por curso.

g) Los cursos de formación cuyo certificado no acredite el número de horas de duración, será valorado como curso de formación de menos de quince horas de duración, puntuándose como se señala en el punto c).

h) Los cursos de formación cuyo certificado no acredite su carácter de asistencia o de aprovechamiento, serán valorados como de asistencia.

i) Estar en posesión de una acreditación de nivel C1 en inglés: 1 punto.

j) Estar en posesión de una acreditación de nivel C2 en inglés: 2 puntos.

k) Estar en posesión de una acreditación de nivel B2 de otro idioma oficial de la Unión Europea: 1 punto.

l) Estar en posesión de una acreditación de nivel C1 de otro idioma oficial de la Unión Europea: 2 puntos.

m) La puntuación máxima de este apartado será de 2,69 puntos.

4. Puntuación final de la fase de concurso: los puntos obtenidos en la fase de concurso, que no podrán superar el límite de 10,77 puntos (35% de la puntuación total del proceso selectivo), únicamente se sumarán a los obtenidos en la fase de oposición a aquellos aspirantes que superen la fase de oposición.

B) Fase de oposición.

1. Ejercicios.

a) Primer ejercicio: Tendrá carácter teórico y será valorado con una puntuación máxima de 10 puntos.

b) Segundo ejercicio: Tendrá carácter práctico y será valorado con una puntuación máxima de 10 puntos.

2. Para aprobar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, será necesario obtener como mínimo 10 puntos en la fase de oposición, y no ser calificado con menos de cinco puntos en ninguno de los dos ejercicios realizados.

C) Valoración final del proceso selectivo.

La valoración final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición, siendo necesario para superar el proceso selectivo haber aprobado la fase de oposición.

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