Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 227 de 25/11/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Decreto 179/2016, de 22 de noviembre, por el que se Modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Cultura.

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A propuesta de la Consejería de Cultura, el Consejo de Gobierno ha creado el Museo de Málaga como servicio administrativo con gestión diferenciada, conforme a lo establecido en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Esto supone dotar al Museo de Málaga de una especialización funcional dentro de la estructura de la Consejería de Cultura y una identificación singular como servicio público a la ciudadanía, lo que exige una adecuada dotación de puestos de trabajo para atender dichas necesidades de servicio.

El Museo de Málaga ha establecido su nueva sede en el rehabilitado Palacio de la Aduana, lo que le convierte en un museo de gran tamaño que hace necesario el redimensionamiento de su estructura que garantice la seguridad y la calidad en su funcionamiento.

Por ello, partiendo de la pasada estructura y puestos de trabajo del anterior Museo, se definen tres áreas, área administrativa, área de conservación e investigación y área de comunicación y difusión, y, en consonancia, se modifican determinados puestos de trabajo para su adecuación a las nuevas necesidades y se crean nuevos puestos de trabajo para atenderlas.

Por otro lado, el artículo 4 de la Ley 8/2007, de 5 de octubre, de Museos y Colecciones Museográficas de Andalucía, otorga a los Museos las funciones de protección, conservación, desarrollo, fomento, exhibición, difusión y promoción de los bienes, culturales o naturales que integran sus fondos, con fines de investigación, educación, disfrute y promoción científica y cultural de los mismos. En el caso específico de la apertura del Museo de Málaga, al haber aumentado considerablemente su oferta museística después de las obras acometidas en el Edificio de la Aduana, así como al haber concentrado en un mismo espacio museístico las colecciones de Bellas Artes y Arqueológicas, la Consejería de Cultura considera imprescindible disponer de personal suficiente para atender las nuevas funciones que debe desarrollar como servicio público.

En este sentido, en el marco del artículo 29 de esta misma Ley, esta Institución deberá contar con el personal suficiente y cualificado que garantice el cumplimiento de sus funciones, en atención a sus características y condiciones específicas.

El artículo 13.4 de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016, establece la posibilidad de que el Consejo de Gobierno, a iniciativa de la Consejería competente, y a propuesta de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, autorice excepciones a la limitación para la incorporación de nuevo personal en el sector público andaluz, siempre que se deba a la priorización o asignación de nuevas funciones que se califiquen como imprescindibles para atender servicios de carácter esencial.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación en la Comisión del Convenio.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, con relación al artículo 4.2 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 22 de noviembre de 2016,

DISPONGO

Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Cultura.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía queda modificada en los términos establecidos en el anexo del presente Decreto.

Disposición adicional única. Contratación de personal.

En virtud de lo establecido en el artículo 13.4 de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016, se autoriza la cobertura definitiva, por los procedimientos legalmente establecidos, de los puestos de trabajo vacantes de la Relación de Puestos de Trabajo del Museo de Málaga, y hasta tanto se lleve a cabo la misma, su inmediata cobertura de forma provisional, ateniéndose, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias existentes y a lo dispuesto en la normativa vigente.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de noviembre de 2016

SUSANA DÍAZ PACHECO
Presidenta de la Junta de Andalucía
MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO
Consejera de Hacienda y Administración Pública
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