Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 228 de 28/11/2016

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Salud

Resolución de 21 de noviembre de 2016, de la Secretaría General de Salud Pública y Consumo, por la que se dispone el nombramiento de don José Carmona Calvo como Coordinador del Plan Integral de Salud Mental de Andalucía.

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En virtud de lo dispuesto en la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, la Consejería competente en materia de salud tiene la responsabilidad de definir las políticas sanitarias, asignar los recursos y garantizar el derecho a la salud de la ciudadanía en la Comunidad Autónoma Andaluza, todo ello bajo los principios, entre otros, de coordinación de las actuaciones y recursos, mejora de la calidad en los servicios y utilización eficaz y eficiente de los recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de sus objetivos.

Asimismo, en el artículo 18.2 de la citada Ley 2/1998, de 15 de junio, se establece que la Administración Sanitaria Pública de la Comunidad Autónoma, a través de los recursos y medios de que dispone el Sistema Sanitario Público de Andalucía, desarrollará actuaciones de atención a los problemas de salud mental, preferentemente en el ámbito de la comunidad, potenciando los recursos asistenciales a nivel ambulatorio, los sistemas de hospitalización parcial y la atención domiciliaria, realizándose las hospitalizaciones psiquiátricas, cuando se requiera, en unidades psiquiátricas hospitalarias.

El Decreto 208/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, en su artículo 1.a), atribuye a la Consejería de Salud la ejecución de las directrices y los criterios generales de la política de salud, planificación y asistencia sanitaria, asignación de recursos a los diferentes programas y demarcaciones territoriales, alta dirección, inspección y evaluación de las actividades, centros y servicios sanitarios y aquellas otras competencias que le estén atribuidas por la legislación vigente.

En el artículo 5.1.a) del Decreto 208/2015, de 14 de julio, se atribuye a la persona titular de la Secretaría General de Salud Pública y Consumo, la coordinación del Plan Andaluz de Salud, los Planes Integrales y los Planes Sectoriales.

En el IV Plan Andaluz de Salud se asume el compromiso de aumentar la esperanza de vida en buena salud, la cual es un buen indicador para expresar desigualdades en salud, ya sean éstas debidas a diferencias socio-económicas o a desigualdades de género. La salud mental y la capacidad funcional son los factores que más influyen en la percepción del estado de salud y la calidad de vida. A través del desarrollo de los Planes Integrales (PPII) se han definido actuaciones preventivas para los problemas de salud que producen una mayor morbilidad, discapacidad y mortalidad. Entre ellos se encuentra el Plan Integral de Salud Mental de Andalucía (PISMA).

El primer Plan Integral de Salud Mental de Andalucía 2003-2007 (I PISMA), contemplaba nueve líneas de acción, que permitieron, a lo largo de su vigencia, avanzar de forma notable en diversos ámbitos.

La evaluación del I PISMA y la experiencia acumulada en su desarrollo se recogen en el II Plan Integral de Salud Mental de Andalucía 2008-2012 (II PISMA), que tiene como principios fundamentales la mejora de la calidad, la eficiencia de los servicios sanitarios, orientados hacia la promoción de la salud mental de la población andaluza, la prevención de la enfermedad, la mejora asistencial y de cuidados de pacientes y familiares, así como la equidad, que supone trabajar en la protección de las personas más vulnerables, (prestando especial atención a garantizar los derechos de quienes padecen una enfermedad mental) y en el respeto a la identidad cultural, en una sociedad, como la andaluza, cada vez más diversa.

Para continuar con el desarrollo e implantación del III Plan Integral de Salud Mental de Andalucía, aprobado por el Consejo de Gobierno el día 4 de octubre de 2016, se procede a efectuar el nombramiento del Coordinador del citado III Plan Integral de Salud Mental de Andalucía.

Por todo lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y en el artículo 5.1.a) del indicado Decreto 208/2015, de 14 de julio

RESUELVO

Primero. Nombrar a don José Carmona Calvo como Coordinador del III Plan Integral de Salud Mental de Andalucía.

Segundo. La designación no comportará retribuciones específicas, siendo éstas las correspondientes a su puesto de origen. La persona titular de la Coordinación del citado III Plan Integral de Salud Mental de Andalucía conservará la vinculación jurídica existente con su institución de procedencia.

Tercero. Las indemnizaciones que procedan a favor del Coordinador del III Plan Integral de Salud Mental de Andalucía, por los desplazamientos que hubiese de realizar por razón de servicio, se liquidarán por su institución de origen, con arreglo a la normativa vigente.

Sevilla, 21 de noviembre de 2016.- La Secretaria General, Josefa Ruiz Fernández.

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