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Con fecha 16 de noviembre de 2016 la Comisión Provincial de Medidas de Protección, en los expedientes de protección números (DPAL) 352-2014-00001526-1 y (DPAL)3552-2014-00001527-1, referentes a los menores J.M.V.P. y J.A.V.P. (EQM3), acuerda la iniciación de procedimiento de acogimiento familiar permanente y el acogimiento temporal en familia extensa.
Por la presente, se ordena la notificación del presente acto a doña Yolanda Portero Guerrero, al ignorarse la dirección en la que debe ser notificado, conforme al artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se le hace saber que dispone de un plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de este acuerdo de iniciación del procedimiento, para aportar cuantas alegaciones y documentos estime conveniente y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios de los que pretende valerse.
De igual modo, se le comunica que contra la medida provisional acordada podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Almería en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil.
Dado que la publicación íntegra del acto lesionaría los derechos inherentes a los menores, podrá comparecer en el plazo de diez días en el Servicio de Protección de Menores, sito en la localidad de Almería, Ctra. de Ronda, Edificio Bola Azul, 4.ª planta, para su completo conocimiento.
Almería, 22 de noviembre de 2016.- El Delegado, José María Martín Fernández.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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