Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 245 de 23/12/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Resolución de 20 de diciembre de 2016, de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Cádiz, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la CTOTU de Cádiz de 7 de noviembre de 2016, referente a la corrección de errores materiales del PGOU de Zahara de la Sierra en el Sector R-4.

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Expte.: TIP/2011/209244.

Mediante Acuerdo de 7 de noviembre de 2016, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz resolvió Denegar la Aprobación de la Corrección de Errores Materiales del PGOU de Zahara de la Sierra en el Sector R-4.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.3. e) del Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y el artículo 13.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

DISPONGO

Único. Publicar el Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, de fecha 7 de noviembre de 2016, referente a la Corrección de Errores Materiales del PGOU de Zahara de la Sierra en el Sector R-4, como Anexo de esta Resolución.

Cádiz, 20 de diciembre de 2016.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.

ANEXO

«Vista la solicitud del Pleno del Ayuntamiento de Zahara de la Sierra (Cádiz), adoptada en su sesión de 31 de mayo de 2016 y la propuesta de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Cádiz de 3 de noviembre de 2016; esta Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz dicta el presente Acuerdo conforme a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El instrumento de planeamiento general vigente en el municipio de Zahara de la Sierra lo constituye el Texto Refundido aprobado por la Comisión Provincial de Urbanismo de 24 de febrero de 2009, adaptado parcialmente a la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía mediante acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 16 de febrero de 2011.

Segundo. La corrección de error material cuya aprobación se solicita a instancias del Ayuntamiento de Zahara de la Sierra, afecta al coeficiente de edificabilidad del sector de suelo urbanizable sectorizado R-4 del PGOU de Zahara de la Sierra.

Tercero. A la vista de la solicitud formulada por el Ayuntamiento de Zahara de la Sierra, el Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio emite Informe de fecha 21 de septiembre de 2016.

Cuarto. Sometido el expediente a la consideración de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Cádiz, dicho órgano colegiado en su sesión de 7 de noviembre de 2016 acordó denegar la aprobación de la corrección de error demandada por el voto unánime de sus miembros.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para la corrección de los errores detectados en los instrumentos de planeamiento se rige por las normas generales que regulan el procedimiento administrativo. De acuerdo con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de aplicación en virtud de lo dispuesto en el apartado A) de la disposición transitoria tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 116.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; la competencia para la corrección del error corresponde al órgano que dictó el acto administrativo, que en este caso sería la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Sin embargo, el Decreto 36/2014, de 11 de febrero, que distribuye las competencias en materia de urbanismo entre los diferentes órganos de la Administración Andaluza, atribuye en su artículo 12 las competencias de las extintas Comisiones Provinciales de Ordenación del Territorio y Urbanismo a las actuales Comisiones Territoriales de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Mediante Decreto 304/2015, de 28 de julio, se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, y se crea la Delegación Territorial de la Consejería Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, como órgano periférico de la Consejería e instructor de este expediente.

Segundo. Analizada la documentación obrante en el expediente, no se aprecia la existencia del error material contenido en la solicitud del municipio, ya que no se puede deducir de manera patente y clara el error alegado por el Ayuntamiento de Zahara de la Sierra por los siguientes motivos:

- Se pretende el cambio del coeficiente de edificabilidad bruta máxima de 0,5 a 0,6, aludiendo a la imposibilidad de agotar el aprovechamiento objetivo máximo asignado en la ficha del sector. La asignación de la edificabilidad global de un sector de suelo urbanizable sectorizado es una determinación que forma parte de la ordenación estructural establecida por el PGOU de acuerdo con el artículo 10.1 de la LOUA. Tanto el aprovechamiento objetivo del sector como la distribución de la edificabilidad por usos han de adecuarse a dicho parámetro y no al revés

- No se aprecia claramente la existencia de un error aritmético ya que, atendiendo a la argumentación de que la suma de las edificabilidades por uso establecidas en la ficha (6.530 m²t) supera los 5.800 m²t que resultan de la aplicación del coeficiente de 0’50, lo cierto es que para alcanzar los citados 6.530 m²t sería suficiente un coeficiente de 0’56 en lugar de 0’60 tal y como se establece en la propuesta de corrección de error material objeto del presente informe. Idéntica consideración resulta si atendemos a los cálculos realizados en la documentación remitida con respecto al aprovechamiento objetivo asignado al sector. En ningún caso resultaría ser 0’6 el coeficiente exacto que pudiera justificar un mero error de transcripción.

- De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Cádiz, en virtud de lo establecido por el artículo 10.1 del Decreto 36/2014, de 11 febrero, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, por la mayoría especificada en el artículo 9.4 del Decreto 36/2014, y en el artículo 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común

ACUERDA

1.º Denegar la aprobación de la “Corrección de error material en el Plan General de Ordenación Urbanística de Zahara de la Sierra relativo al coeficiente de edificabilidad del sector R-4”, propuesta por el Pleno del Ayuntamiento en su sesión de 31 de mayo de 2016, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 116.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, en base a las consideraciones del Fundamento de Derecho Segundo.

2.º Publicar el presente Acuerdo, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y la disposición adicional quinta del Decreto 36/2014, de 11 de febrero.

Notifíquese el presente Acuerdo a los interesados con las advertencias legales que procedan.»

Contra el presente Acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Sostenibilidad Urbana, en el plazo de un mes desde su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y en el art. 20.4 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Cádiz, el Delegado Territorial. Fdo.: Ángel Acuña Racero.

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