Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 28/12/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia y Administración Local

Orden de 22 de diciembre de 2016, por la que conceden los Premios Andalucía de Comunicación Audiovisual Local, III edición.

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El día 22 de julio de 2016 fue publicada, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Orden de 18 de julio de 2016, por la que se convoca III Edición de los Premios Andalucía de Comunicación Audiovisual Local con cargo al ejercicio 2016, cuyas bases reguladoras fueron aprobadas mediante Orden de 28 de octubre de 2014 (BOJA núm. 212, de 30 de octubre).

El artículo 12 de la Orden de 28 de octubre de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de los Premios Andalucía de Comunicación Audiovisual Local y se efectúa su convocatoria para el año 2014, atribuye a la persona titular de esta Consejería de la Presidencia y Administración Local la competencia para dictar la resolución de concesión de los premios, que será motivada y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La motivación de esta Orden, de acuerdo con las bases reguladoras de los premios, consiste en la competencia del órgano para concederlos, la preexistencia y originalidad de los trabajos distinguidos con premio, y la sujeción al fallo del jurado.

La partida presupuestaria a la que deberá imputarse el gasto será la número 0100010000 G/52C/46002/00 01, o la que corresponda, previa modificación presupuestaria, en función del tipo de persona beneficiaria, del estado de gastos del presupuesto de la Comunidad Autónoma para 2016, en la cual existe crédito adecuado y suficiente.

La resolución se dictará en el plazo máximo de cuatro meses a computar desde el día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

En virtud de lo anterior, vista la Orden de 28 de octubre de 2014 citada y demás preceptos de general y pertinente aplicación

DISPONGO

Primero. Concesión de los Premios Andalucía de Comunicación Audiovisual Local.

1. Se conceden los Premios Andalucía de Comunicación Audiovisual Local, en su  III edición, a las siguientes personas y por los trabajos que se citan:

a) Informativo Radio: Asociación Pro Difusora de Puente Genil, por el programa «Stop Desahucios en Sintonía», de Radio Sintonía.

b) Entretenimiento Radio: Asociación Entre Amigos de Sevilla, por el programa «Mujeres por el barrio», emitido en Radio Abierta.

c) Informativo Televisión: Tele Puerto Real S.L, por el programa «25 años Hospital Clínico Universitario».

d) Entretenimiento Televisión: Iban Moncholi Villalba, Roberto Calzada Mateos, María Isabel Jaén Jaén y Jesús Jaén Ruiz, por el programa «Microclima», de Radio Televisión Marbella.

e) Web: Ayuntamiento de Doña Mencía por la web de Onda Mencía.

f) Trayectoria: Plataforma de Comunicación Comunitaria Onda Color.

2. Se conceden las siguientes menciones especiales:

a) En la categoría de Entretenimiento Radio al Ayuntamiento de Casares por el programa «Plan Anual de Proximidad», de Radio Casares.

b) En la categoría de Entretenimiento Radio al Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache por el programa «Olímpicas», de Radio Guadalquivir.

c) En la categoría de Trayectoria al Ayuntamiento de Nerva por Onda Minera RTV Nerva y al Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache por Radio Guadalquivir.

Segundo. Cuantía de los premios e imputación al estado de gastos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma.

1. Cada uno de los premios está dotado con cuatro mil euros (4.000 €) para cada una de sus modalidades.

2. Los pagos se imputarán a las partidas presupuestarias 0100010000 G/52C/46002/00 01, 0100010000 G/52C/47000/00 01 y 0100010000 G/52C/48000/00 01 del estado de gastos del presupuesto de la Comunidad Autónoma para 2016.

3. El pago se efectuará mediante un libramiento único a favor de cada tercero.

Tercero. Inadmisión, desistimiento de solicitudes, exclusión.

1. Se inadmite la solicitud presentada por don José Carlos Martín Cubiles, en la categoría de web, al presentar la solicitud fuera de plazo.

2. Se tiene por desistidas de su solicitud a las siguientes entidades, al no subsanar los defectos señalados en el Acuerdo de la Dirección General de Comunicación Social de fecha 24 de agosto de 2016:

a) Entretenimiento Radio: Ayuntamiento de La Rambla.

b) Informativo/Entretenimento Televisión: Torremolinos Televisión, S.A y Radio Televisión Los Palacios.

c) Web: Retrotypo & Graphics S.L.

d) Trayectoria: Juan Francisco de las Cuevas González.

Cuarto. Notificación.

1. Ordenar la publicación de la presente Orden, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con los artículos 12.1 y 13.1 de la Orden de 28 de octubre de 2014, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la sede electrónica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, en los términos del artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 12 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

2. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.

Quinto. Recursos.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, y según lo establecido en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación.

Sexto. Efectos.

La presente Orden surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de diciembre de 2016

MANUEL JIMÉNEZ BARRIOS

Vicepresidente de la Junta de Andalucía
y Consejero de la Presidencia y Administración Local
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