Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 10/02/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 2 de febrero de 2016, del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos núm. 293/2014.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 293/2014. Negociado: 5.

NIG: 4109144S20140003138.

De: Don Antonio Cabeza Álvarez.

Contra: Fogasa y Tapicolchón, S.L.

EDICTO

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 293/2014, sobre Procedimiento Ordinario, a instancia de Antonio Cabeza Álvarez contra Fogasa y Tapicolchón, S.L., en la que con fecha 18.6.15 se ha dictado Sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Antonio Cabeza Álvarez contra Tapicolchon, S.L., y Fogasa, en cuya virtud:

I. Debo condenar y condeno a la empresa Tapicolchón, S.L., a abonar a la parte actora la cantidad de once mil ochocientos setenta y siete euros con cincuenta y seis céntimos (11.877,56 euros).

II. No ha lugar a pronunciamiento, por ahora, respecto del Fogasa, con las salvedades indicadas en el correspondiente fundamento de Derecho.

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de cinco días hábiles siguientes a tal notificación, por escrito, comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente ante este Juzgado de lo Social.

De hacerse uso de este derecho por la parte condenada, deberá acreditar al anunciar el recurso haber ingresado el importe de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales de este Juzgado en el Banco Santander, abierta con el núm. 4023 000065, utilizando para ello el modelo oficial y citando en el mismo el núm. de autos y año del procedimiento; tal consignación podrá sustituirla por aval bancario, en el que deberáconstar la responsabilidad solidaria del avalista, quedando el documento presentado en poder del Sr. Secretario Juzgado.

Igualmente y al formalizar el recurso, deberá efectuar el depósito de 300 € en la cuenta 4023000065, que tiene abierta este Juzgado en la misma entidad bancaria, haciéndose dicho depósito de la misma manera arriba indicada.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación Leída y publicada Id anterior resolución por la Sra. Juez que la dictó, en legal forma, y el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a Tapicolchón, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se/trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

Sevilla, a dos de febrero de dos mil dieciséis.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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