Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 26/02/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 17 de marzo de 2015, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cuatro de Estepona, dimanante de procedimiento verbal núm. 1041/2012. (PP. 2009/2015).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00074364.

NIG: 2905142C20120004939.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1041/2012. Negociado: JA.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Dana Dembovska, Skolko 2K7, S.L., y Ara Arakelyan.

Contra: Rene Dennis Eichler.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal 1041/2012 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cuatro de Estepona a instancia de Dana Dembovska, Skolko 2K7, S.L., y Ara Arakelyan contra Rene Dennis Eichler sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 46/2015

En Estepona, a diecisiete de marzo de dos mil quince.

Vistos por doña Luna González Pinto, Juez de Primera Instancia e Instrucción núm. Cuatro de Estepona, los presentes autos de Juicio Verbal, seguidos ante este Juzgado bajo el núm. 1041/2012, a instancia de Skolko 2K7, S.L., Dana Dembovska y Ara Arakelyan contra Rene Dennis Eichler, en situación procesal de rebeldía.

PARTE DISPOSITIVA

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por Skolko 2K7, S.L., Dana Dembovska y Ara Arakelyan y condeno a Rene Dennis Eichler, al pago de:

90 euros, a Skolko 2K7, S.L.

880 euros a Dana Dembovska.

600 euros a Ara Arakelyan.

Asimismo, le condeno al pago de los intereses legales que correspondan por cada cantidad conforme al fundamento jurídico cuarto de esta resolución.

Todo ello con expresa condena en las costas de estas actuaciones a la parte demandada.

Notifíquese la sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado rebelde en paradero desconocido, don Rene Dennis Eichler, entiendo y firmo la presente en Estepona, a diecisiete de marzo de dos mil quince.

El/La Secretario/a.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

Descargar PDF