Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 04/03/2016

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Consejería de Cultura

Anuncio de 23 de febrero de 2016, de la Dirección General de Innovación Cultural y del Libro, por el que se dispone la notificación de la resolución de reintegro recaída en el expediente que se relaciona referente a subvención de apoyo a empresas culturales y creativas andaluzas para el fomento de su competitividad, modernización e internacionalización, correspondiente a la convocatoria del año 2013.

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Con fecha 19 de octubre de 2015 ha sido dictada por la persona titular de la Dirección General de Innovación Cultural y del Libro de la Consejería de Cultura, Resolución por la que se acuerda el reintegro total de la subvención concedida a la entidad «Signatura Ediciones de Andalucía, S.L.» para la realización del proyecto «Participación en la feria del libro de Madrid. Año 2014» (Expediente PC/I/0016), en la convocatoria de subvenciones del año 2013 de apoyo a empresas culturales y creativas andaluzas para el fomento de su competitividad, modernización e internacionalización.

Intentada sin efecto la notificación personal de la referida Resolución a la entidad interesada en el domicilio consignado al efecto en el expediente citado, mediante el presente Anuncio se procede a efectuar la notificación prevista en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, se indica a la entidad interesada que dispone de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del Anuncio en el Boletín Oficial del Estado, para conocer el texto íntegro de la Resolución de reintegro citada, pudiendo comparecer, a tales efectos, en las dependencias de la Dirección General de Innovación Cultural y del Libro de la Consejería de Cultura, sita en la calle Levies, 27, de Sevilla, en horario de 9,00 a 14,00 horas.

Transcurrido dicho plazo, o tras la comparecencia de la entidad interesada, si ésta tuviera lugar, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, comenzará a computarse el plazo de un mes para interponer, contra la Resolución referenciada, el correspondiente recurso de reposición, ante la persona titular de la Dirección General de Innovación Cultural y del Libro, y asimismo comenzará a computarse el plazo de dos meses para interponer el correspondiente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.a), 14.1 (regla primera) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; si se optara por interponer recurso de reposición (que tiene carácter potestativo), no se podrá interponer el correspondiente recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Sevilla, 23 de febrero de 2016.- El Director General, Antonio José Lucas Sánchez.

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