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De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, desconociendo el domicilio actual del interesado para la notificación personal al mismo de la Resolución recaída en expediente de protección de menores, se ha acordado la notificación a través del presente anuncio, que en virtud de la cautela prevista en el art. 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no se publica en su integridad.
Acto notificado: Acuerdo de Inicio del Procedimiento de Desamparo y Desamparo Provisional.
Número expediente: (DPJA)353-2016-192-1.
Menor: S.M.G.
Interesados: Don José Antonio Marín Rubio.
El lugar donde el interesado dispone del expediente completo para su consulta es la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Polìticas Sociales de Jaén, Servicio de Protección de Menores, Paseo de la Estación, núm. 19, 3.ª planta.
Se le informa que dispone de un plazo de quince dias hábiles, a contar desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo, a fin de que puedan presentar las alegaciones y documentos que estimen convenientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.1 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del Régimen de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa. Si antes del vencimiento del plazo los interesados manifestasen su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones se tendrá por realizado el trámite.
Contra la declaracion provisional de desamparo, cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Jaén, en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto de los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Jaén, 9 de marzo de 2016.- La Delegada, M.ª Teresa Vega Valdivia.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992 y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletin Oficial de Estado, que será determinante a efectos de su notificación.»
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