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ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA, DE 4 DE MARZO DE 2016, POR EL QUE SE APRUEBA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA PARA EL AÑO 2016
La Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuesto Generales del Estado para el año 2016, establece que durante el año 2016 no se procederá en el sector público a la incorporación de nuevo personal, exceptuándose de la citada limitación una serie de sectores y Administraciones que se contemplan en el artículo 20.Uno.2 de la citada norma, entre las que se encuentran las Universidades, respecto de las cuales se determina que se aplicará una tasa de reposición de hasta un máximo del 100 por ciento, estando obligadas a destinar, como mínimo, un 15% del total de plazas que se oferte a la contratación, como personal laboral fijo, de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3.
El apartado Cinco del artículo 20 indica que la validez de la autorización contenida en el apartado Uno de este artículo estará condicionada a que las plazas resultantes de la aplicación de la tasa de reposición de efectivos se incluyan en la Oferta de Empleo Público que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, deberá ser aprobada por el respectivo órgano de gobierno de la Administración Pública y publicarse en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, antes de la finalización del año 2015.
La Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Málaga para 2016 incluye las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deben proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso. Tal y como está previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público, la Oferta de Empleo Público, como instrumento de planificación de los recursos humanos, define y cuantifica los efectivos en función de las necesidades y prioridades derivadas de la planificación general de los recurso humanos.
El cálculo de la tasa de reposición de efectivos, comunicada a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, en función de número de empleados fijos que durante el ejercicio 2015 han dejado de prestar servicios en esta Universidad, conforme al cálculo previsto en el apartado tercero del artículo 20.Uno.3 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, asciende a cuarenta plazas.
En su virtud, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga, dispone:
Primero. Aprobación de la Oferta de Empleo Público.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 20 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Málaga para el año 2016.
Segundo. Cuantificación de las plazas.
El número de plazas de Personal Docente e Investigador para el año 2016 es el siguiente:
Cuerpo/Categoría | Grupo | Total Plazas |
Profesor Titular de Universidad | A1 | 34 |
Profesor Contratado Doctor (*) | A1 | 6 |
(*) Personal Investigador Doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3.
Tercero. Procesos selectivos.
Las bases específicas que regulen los procesos selectivos derivados de la presente Oferta de Empleo Público deberán publicarse en los boletines oficiales que correspondan en el plazo de tres años, a contar desde la fecha de publicación de esta Oferta de Empleo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.
Málaga, 17 de marzo de 2016.- El Rector, José Ángel Narváez Bueno.
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